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Documento BORME-C-2004-156045

EXCLUSIVAS ROCA, SOCIEDAD LIMITADA Unipersonal (Sociedad absorbente) LUELTO, SOCIEDAD LIMITADA Unipersonal LIS DECORACIÓN, SOCIEDAD LIMITADA Unipersonal (Sociedades absorbidas)

Publicado en:
«BORME» núm. 156, páginas 22765 a 22765 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2004-156045

TEXTO

Anuncio de fusión De conformidad con lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se comunica que las Juntas Generales Universales y Extraordinarias de las sociedades relacionadas en el título de este anuncio, celebradas el 30 de junio del 2004, aprobaron por unanimidad la fusión mediante la absorción de "Luelto, Sociedad Limitada Unipersonal" y "Lis Decoración, Sociedad Limitada Unipersonal" por "Exclusivas Roca, Sociedad Limitada Unipersonal", con la consecuente disolución sin liquidación de las sociedades absorbidas y adquisición en bloque de su patrimonio social por la sociedad absorbente, sobre la base del Balance cerrado a 31 de marzo de 2004 por la sociedad absorbente y de los Balances cerrados a 31 de diciembre del 2003 por las sociedades absorbidas y conforme al Proyecto de Fusión depositado en el Registro Mercantil de Las Palmas. Las operaciones de las sociedades absorbidas se entenderán realizadas por cuenta de la absorbente a efectos contables desde el 1 de abril del 2004. Se hace constar que la fusión se realiza sin aumento de capital de la sociedad absorbente, por ser ésta titular del cien por cien de las participaciones de las sociedades absorbidas, no siendo preciso, en consecuencia, realizar canje de las participaciones sociales. Por la misma razón, no es necesario informe de administradores ni de experto independiente. No existen en las sociedades intervinientes en la fusión títulos con derechos especiales, ni se otorgarán en la sociedad absorbente acciones o derechos especiales como consecuencia de la fusión. No se otorga ventaja alguna a los administradores de las sociedades fusionadas.

Los socios y acreedores de las sociedades participantes en la fusión tienen derecho a obtener el texto íntegro de los acuerdos de fusión adoptados y de los Balances de Fusión. Se hace constar, asimismo, el derecho que asiste a los acreedores de cada una de las sociedades que se fusionan a oponerse en la fusión en los términos previstos en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas, en el plazo de un mes desde el último anuncio del acuerdo de fusión, todo ello de conformidad con lo estipulado en el artículo 243 de la Ley de Sociedades Anónimas.

En Las Palmas de Gran Canaria, 26 de julio de 2004.-Los Administradores de las sociedades fusionadas, don Antonio Roca de Armas en su condición de administrador único de las entidades Exclusivas Roca, S. L. y Lis Decoración, S. L.

Unipersonal y doña Yolanda Daffey Denyer en su condición de administradora única de la entidad Luelto, S. L Unipersonal.-40.028. 1.a 12-8-2004.

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