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Documento BORME-C-2004-154048

MBD GESTIÓN Y DESARROLLIO DE NEGOCIOS, S. L. (Sociedad escindida) PROMOTORA IBEROAMERICANA DE INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO DE MERCADOS, S. L. (Sociedad beneficiaria)

Publicado en:
«BORME» núm. 154, páginas 22389 a 22390 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2004-154048

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, aplicable por remisión del artículo 254 y éste por remisión del artículo 94 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada, se hace público que las Juntas Generales y Universales de Socios celebradas el 26 de julio de 2004 de la Sociedad MBD Gestión y Desarrollo de Negocios, Sociedad Limitada y de la Sociedad Promotora Iberoamericana de Investigación y Desarrollo de Mercados, Sociedad Limitada, han acordado la escisión parcial de la primera, sin extinción, con segregación de parte de su patrimonio, concretamente la constituida por 28.275 participaciones de la Sociedad Expociencia, Sociedad Limitada, y su atribución a la sociedad Promotora Iberoamericana de Investigación y Desarrollo de Mercados, Sociedad Limitada, así como aprobar los balances de escisión, cerrados a 4 de junio de 2004, todo ello ajustándose a los términos del Proyecto de Escisión que ha sido depositado en el Registro Mercantil de Madrid con fecha 5 de julio de 2004, inscrito al Tomo 4.367, Folio 140, sección 8 Hoja M-72447, inscripción 5.a Se hace constar igualmente que ni en la sociedad escindida ni en la sociedad beneficiaria de la escisión existen ni existirán, como consecuencia de la escisión, derechos especiales distintos de las participaciones, que no se han atribuido ventajas ni en la sociedad beneficiaria de la escisión ni en la sociedad escindida al administrador de la sociedad escindida ni a sus socios, que no ha intervenido en la escisión experto independiente y que las operaciones de la sociedad escindida se considerarán realizadas a efectos contables por cuenta de las sociedades beneficiarias de la escisión desde el 1 de enero de 2004. Asimismo se hace constar, de conformidad con lo establecido en el artículo 242 y 243 de la Ley de Sociedades Anónimas, el derecho que asiste a los socios y acreedores de las Sociedades participantes en la escisión de obtener el texto íntegro del acuerdo de escisión y del balance de escisión, así como el derecho que tienen los acreedores y obligacionistas de la sociedad de oponerse a la escisión en los términos del artículo 166 de la citada Ley, durante el plazo de un mes a contar desde la fecha del último anuncio de este acuerdo de escisión.

Madrid, 27 de julio de 2004.-El Secretario del Consejo de Administración de MBD Gestión y Desarrollo de Negocios, Sociedad Limitada y Administrador Solidario de Promotora Iberoamericana de Investigación y Desarrollo de Mercados, Sociedad Limitada, Alberto Rodríguez Muñoz.-39.201.

2.a 10-8-2004.

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