Contingut no disponible en valencià

Us trobeu en

Documento BORME-C-2004-154035

INMOBEL PROMOCIONES INMOBILIARIAS, SOCIEDAD LIMITADA (Sociedad escindida parcialmente) ANYER PROMOCIONS I INVERSIONS, SOCIEDAD LIMITADA INVERSIONES ALHAMA, SOCIEDAD LIMITADA INVERSIONES ALFARO, SOCIEDAD LIMITADA (Sociedades beneficiarias)

Publicado en:
«BORME» núm. 154, páginas 22387 a 22387 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2004-154035

TEXTO

A los efectos de lo establecido en la legislación vigente se comunica que la Juntas General universales de las mercantiles Inmobel Promociones Inmobiliarias Sociedad Limitada, Anyer Promocions i Inversions Sociedad Limitada, Inversiones Alhama Sociedad Limitada y Inversiones Alfaro Sociedad Limitada, celebradas en fecha de 30 de Junio de 2004, acordaron por unanimidad la escisión parcial de la mercantil Inmobel Promociones Inmobiliarias Sociedad Limitada, por segregación de los siguientes bloques patrimoniales: La unidad económica formada por la participación mayoritaria que ostenta en otras entidades (escisión financiera) y que será transmitida a la sociedad beneficiaria Anyer Promocions i Inversions Sociedad Limitada.

El patrimonio (activo y pasivo) que conforma la rama de la actividad inmobiliaria de la Sociedad que será transmitido a la sociedad beneficiaria Inversiones Alhama Sociedad Limitada.

El patrimonio (activo y pasivo) que conforma la rama de la actividad hostelera de la Sociedad que será transmitido a la sociedad beneficiaria Inversiones Alfaro Sociedad Limitada.

Todo ello sobre la base del proyecto de escisión y modificación al mismo suscrito por los órganos de administración de las sociedades intervinientes.

Se hace constar expresamente el derecho de los socios y acreedores de las sociedades intervinientes de obtener el texto íntegro de los acuerdos de escisión adoptados y de los Balances de Escisión, los cuales se encuentran a disposición en los respectivos domicilios sociales.

Del mismo modo se reconoce el derecho de los acreedores que se encuentren en el supuesto del artículo 166, en relación con los artículos 242 y 243 de la Ley de Sociedades Anónimas de oponerse a la escisión, en el plazo de un mes contado desde la fecha de publicación del último anuncio de escisión.

Barcelona, 20 de julio de 2004.-Consejero, Enrique Reyna Benabarre.-39.404. 2.a 10-8-2004.

subir

Agència Estatal Butlletí Oficial de l'Estat

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid