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Documento BORME-C-2004-144017

CONSTRUCCIONES PRO-ALBA, S. L. (Sociedad absorbente) EDIPROSA, S. L. (Sociedad absorbida)

Publicado en:
«BORME» núm. 144, páginas 21029 a 21029 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2004-144017

TEXTO

Anuncio de fusión En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se comunica que las respectivas Juntas Generales de Socios, celebradas con carácter universal el día 23 de junio de 2004, aprobaron por unanimidad la fusión de ambas sociedades mediante la absorción por Construcciones Pro-Alba, S. L. de Ediprosa, S. L., con disolución sin liquidación de la absorbida, que transmite a título de sucesión universal los elementos patrimoniales integrantes de su Activo y Pasivo a la absorbente, la cual se subroga en todos sus derechos y obligaciones.

Con un mes de antelación a la celebración de las Juntas, se puso a disposición de los socios de ambas sociedades y de los representantes de sus trabajadores, para su examen en el domicilio social o entrega gratuita, los documentos indicados en el artículo 238 de la Ley de Sociedades Anónimas.

La fusión se acordó en los términos de proyecto de fusión depositado en el Registro Mercantil de Valencia y su Provincia en fecha 10 de mayo de 2004, asimismo y de conformidad con dicho proyecto de fusión elaborado de modo conjunto por los Administradores de ambas sociedades, se aprobaron los correspondientes Balances de fusión, así como las cuestiones relativas al procedimiento y tipo de canje. La fusión se acordó con ampliación de capital de la absorbente, y con modificación de sus Estatutos en cuanto al capital social como consecuencia de su ampliación, y en cuanto al objeto social, que queda ampliado. No se otorgaron derechos especiales a las nuevas participaciones sociales de la absorbente.

No se modificó el Órgano de Administración de la absorbente, ni se concedieron ventajas de ningún tipo a los Administradores de las sociedades intervinientes, ni han intervenido en el Proyecto de fusión expertos independientes.

Se hace constar el derecho que asiste a lo socios y acreedores de ambas sociedades, de conformidad con el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y el Balance de fusión correspondiente a las sociedades indicadas.

Asimismo, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 243 de la Ley de Sociedades Anónimas, los acreedores de cada una de las sociedades que se fusionan podrán oponerse a la fusión en los términos establecidos en el artículo 166 de dicho texto legal, en el plazo de un mes desde la fecha de publicación del último anuncio de fusión.

Albal, 9 de julio de 2004.-Los Administradores solidarios de las sociedades fusionadas, don Manuel Rosaleny Moreno y don Francisco-Ismael Rosaleny Moreno.-37.128. 2.a 27-7-2004.

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