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Documento BORME-C-2004-133044

DORATUR MAR, SOCIEDAD LIMITADA (Sociedad absorbente) RESTPATIO, SOCIEDAD LIMITADA (Sociedad absorbida)

Publicado en:
«BORME» núm. 133, páginas 19589 a 19590 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2004-133044

TEXTO

Anuncio de fusión De conformidad con lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se comunica que las Juntas Generales Universales y Extraordinarias de las sociedades relacionadas en el título de este anuncio, celebradas el 30 de junio de 2004, aprobaron por unanimidad la fusión mediante la absorción de "Restpatio, Sociedad Limitada", por "Doratur Mar, Sociedad Limitada", con la consecuente disolución sin liquidación de la primera y adquisición en bloque de su patrimonio social por la segunda, sobre la base de los Balances cerrados a 31 de diciembre de 2003 y conforme al Proyecto de Fusión depositado en el Registro Mercantil de Las Palmas. El tipo de canje, así como el método utilizado en las valoraciones y el procedimiento para el canje de los títulos se encuentra expresamente recogido en el citado Proyecto.

Las operaciones de la sociedad absorbida se entenderán realizadas por cuenta de la absorbente a efectos contables desde el 1 de enero de 2004.

No existen en las sociedades intervinientes en la fusión participaciones con derechos especiales, ni se otorgarán en la sociedad absorbente derechos especiales como consecuencia de la fusión. No se otorga ventaja alguna a los Administradores de las sociedades fusionadas. La sociedad absorbente adoptará la denominación de la sociedad absorbida "Restpatio, Sociedad Limitada"; en consecuencia, se modifica el artículo 1.o de los Estatutos sociales; asimismo, la absorbente traslada su domicilio, quedando fijado el mismo en Las Palmas, en el término municipal de San Bartolomé de Tirajana, San Agustín, calle los Jazmines, número 1, Bungalows Atalaya, número 2-B; en consecuencia, se modifica el artículo 3.ode los Estatutos sociales.

Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la fusión de obtener el texto íntegro de los acuerdos de fusión adoptados y de los balances de fusión, así como, de oponerse a dicha fusión en los términos previstos en el artículo 168 de la Ley de Sociedades Anónimas, en el plazo de un mes desde el último anuncio del acuerdo de fusión, todo ello de conformidada con lo estipulado en el artículo 243 de la Ley de Sociedades Anónimas.

Las Palmas, 1 de julio de 2004.-El Administrador de las sociedades fusionadas, Peter Albertus Vriethoff.-35.167.

1.a 12-7-2004.

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