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Documento BORME-C-2004-121011

CONSTRUCCIONES AMENÁBAR, S. A. (Sociedad absorbente) CONSTRUCCIONES UBIRI, S. L. (Sociedad absorbida)

Publicado en:
«BORME» núm. 121, páginas 18092 a 18092 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2004-121011

TEXTO

Anuncio de fusión Las Juntas generales de accionistas y socios de las mercantiles Construcciones Amenábar, S. A. y Construcciones Ubiri, S. L., celebradas en primera convocatoria el día 21 de junio de 2004, aprobaron, por unanimidad, tanto sus respectivos balances de fusión de fecha 31 de diciembre de 2003, como la fusión por la cual Construcciones Ubiri, S. L.

(Sociedad absorbida), traspasa en bloque su patrimonio (bienes, derechos y obligaciones) a la mercantil ya existente Construcciones Amenábar, S. A.

(Sociedad absorbente) adquiriendo ésta por sucesión universal, el patrimonio de la sociedad absorbida que quedará extinguida y disuelta sin liquidación.

La Junta de accionistas de Construcciones Amenábar, S. A., ha aprobado igualmente por unanimidad la ampliación de capital necesaria para dar respuesta a las necesidades de canje derivadas de la operación, creándose 48.449 nuevas acciones de 25 euros de valor nominal cada una, números 125.001 a 173.449, ambas inclusive.

La fusión descrita anteriormente se realiza conforme al proyecto de fusión conjunto suscrito por los órganos de administración de las compañías intervinientes en fecha 23 de abril de 2004 y depositado en el Registro Mercantil de Gipuzkoa en fecha 28 de abril de 2004, en el que se prevé que la fusión tendrá efectos contables a partir del 1 de enero de 2004, este día inclusive.

Se hace constar el derecho de los socios y acreedores de cualesquiera de las sociedades intervinientes de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de fusión, los cuales se encuentran a su disposición en el domicilio social, pudiendo asimismo obtener la entrega o envío gratuito de tales documentos.

Asimismo, de acuerdo con lo establecido en los arts. 242.o y 243.o de la Ley de Sociedades Anónimas, durante el plazo de un mes, contado desde la fecha de publicación del último anuncio de tales acuerdos, los acreedores de cada una de las sociedades que se fusionan podrán ejercitar su derecho de oposición a la fusión, en los términos previstos en el artículo 166.o de la referida Ley.

Zarauz, 21 de junio de 2004.-El Presidente de los Consejos de Administración de la sociedad absorbente Construcciones Amenábar, S. A. y de la sociedad absorbida Construcciones Ubiri, S. L., Luis Amenábar Alday.-32.800.

y 3.a 24-6-2004.

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