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Documento BORME-C-2004-120043

LA SALVADORA, S. A. (Sociedad absorbente) ECHEZARRETA, S. A. (Sociedad absorbida)

Publicado en:
«BORME» núm. 120, páginas 17928 a 17928 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2004-120043

TEXTO

Anuncio de fusión por absorción En cumplimiento de lo establecido en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que las Juntas Generales de Accionistas de La Salvadora, S. A., entidad provista de CIF: A 20003422, con domicilio social en Villabona (Guipúzcoa), c/ Mayor, n.o 60, e inscrita en el Registro Mercantil de Guipúzcoa al Tomo 163 del Libro de Sociedades, Folio 80, Hoja 10, inscripción 1.a, y Echezarreta, S. A., entidad provista de CIF: A-20001715, con domicilio social en Legorreta, Carretera Nacional I, s/n, Madrid-Irún, Guipúzcoa e inscrita en el Registro Mercantil de Guipúzcoa, al tomo 1.389, folio 91, hoja número SS-7.574, inscripción 39.a, celebradas por ambas el día 15 de junio de 2004, acordaron aprobar por unanimidad la fusión mediante absorción de Echezarreta, S. A., por la mercantil La Salvadora, S. A., con disolución sin liquidación de la primera y transmisión en bloque, a título universal, de su patrimonio social a favor de La Salvadora, S. A., que quedará subrogada en todos los bienes, derechos y obligaciones de la Sociedad absorbida, de acuerdo con lo previsto en el artículo 233 de la Ley de Sociedades Anónimas, todo ello de acuerdo con el proyecto de fusión redactado y suscrito por los Administradores de ambas Sociedades, y depositado en el Registro Mercantil de Guipúzcoa el día 3 de mayo de 2004.

Los balances de fusión aprobados coinciden con los balances cerrados a 31 de diciembre de 2003, debidamente verificados por los Auditores de Cuentas de ambas sociedades.

Las operaciones de Echezarreta, S. A., Sociedad absorbida, se entenderán realizadas a efectos contables por cuenta de La Salvadora, S. A., Sociedad absorbente, a partir del 1 de enero de 2004.

Para atender el canje de las acciones de la sociedad absorbida, se acordó la ampliación del capital social de la sociedad absorbente en la cifra de 134.185,80 euros, mediante la emisión de 44.580 nuevas acciones de la serie B, de 3,01 euros de valor nominal cada una de ellas, acordando, asimismo, dar nueva redacción al artículo 5 de sus Estatutos Sociales.

El tipo de canje de las acciones aprobado por las Juntas Generales se fija en 1 acción de La Salvadora, S. A., por cada dos con catorce (2,14) acciones de Clase A, serie 2, de Echezarreta, S. A., sin que esté prevista contraprestación alguna en metálico.

Las acciones así adquiridas se destinarán a su entrega a los accionistas de Echezarreta, S. A., como consecuencia de la transmisión en bloque de su patrimonio a favor de La Salvadora, S. A.

Como consecuencia de la fusión, las acciones de Echezarreta, S. A., quedarán anuladas y sin valor alguno.

Las acciones de La Salvadora, S. A., entregadas a los accionistas de Echezarreta, S. A., darán derecho a éstos últimos a participar en las ganancias sociales generadas a partir del día 1 de enero de 2004.

No se otorgan en la sociedad absorbente derechos para ningún tipo de acciones, no existiendo titulares de derechos especiales distintos de las acciones, ni se atribuyen en la sociedad absorbente ventajas a los Administradores, ni a los expertos independientes intervinientes en la fusión.

La fusión se someterá al régimen tributario especial previsto en la Norma Foral 7/1996, de 4 de julio, del Impuesto sobre Sociedades de la Diputación Foral de Guipúzcoa.

A efectos de lo previsto en el artículo 150 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace constar que se aprobó, por unanimidad: a) El cambio de denominación de la sociedad absorbente, La Salvadora, S. A., la cual pasa a denominarse Paperalia, S. A.

b) La modificación de los artículos 2 y 4 de los Estatutos Sociales, que tendrán la siguiente redacción: "Artículo 2. La sociedad tiene por objeto: a) La fabricación, comercialización y distribución de pasta para papel y de sus derivados, de toda clase de papel simple o complejo o manipulado de papel, de cartoncillo y cartón, u otro cualquier producto, susceptible de ser utilizado para embalajes, impresión o envases; así como de cualquier otro producto derivado de la madera o de la recuperación de papelote y en general de los productos relacionados con la industria del papel y sus manipulados.

b) Importación, exportación y prestación de servicios inherentes a los productos comprendidos en los sectores e industria principalmente consignados en el precedente apartado a).

Las actividades integrantes del objeto social podrán ser desarrolladas por la Sociedad de modo indirecto, mediante su participación en Sociedades o Entidades con distinta personalidad jurídica con objeto idéntico o análogo." "Artículo 4. Su domicilio radica en la villa de Legorreta (Guipúzcoa), carretera Nacional 1-N I, 26." De conformidad con lo previsto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los accionistas y acreedores de cada una de las sociedades participantes en la fusión de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión.

Del mismo modo, se hace constar expresamente el derecho de oposición que, durante el plazo de un mes contado desde la fecha de publicación del último anuncio de fusión, corresponde a los acreedores y obligacionistas de las sociedades fusionadas en los términos previstos en los artículos 166 y 243 de la Ley de Sociedades Anónimas.

Villabona y Legorreta, 15 de junio de 2004.-El Secretario del Consejo de Administración de La Salvadora, S. A., don Francisco Otegui Arsuaga, y, el Administrador Único de Echezarreta, S. A., don Javier Artucha Tellería.-33.015.

1.a 23-6-2004.

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