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Documento BORME-C-2003-9013

COMPAÑÍA DEL TRÓPICO DE CAFÉ Y TÉ, S. L. (Sociedad absorbente) INICAP CAFÉ, S. L. y, simultáneamente, sus filiales AGMO INVEST, S. L. Sociedad unipersonal ALEVICAP, S. L. Unipersonal ALEXTINA, S. L. Unipersonal BARCAVALLES, S. L. Unipersonal BARJOCAP, S. L. Unipersonal BLACK CAFÉ, S. L. Unipersonal CAFEFORT, S. L. Unipersonal CAFINAX IMPORT, S. L. Unipersonal CARPEDECOR, S. L. Unipersonal DIGONAL, S21 S. L. Unipersonal FORESCUGAT, S. L. Unipersonal GIROBAR 2000, S. L. Unipersonal IRISFOR, S. L. UNIPERSONAL JAMAICA TERRASSA, S. L. Unipersonal LON VALLES, S. L. Unipersonal MELBAS COFFEE, S. L. Unipersonal NAVAR CAFÉ, S. L. Unipersonal NEKOSUMI IMPORT, S. L. Unipersonal NEVADO ARENAL, S. L. Unipersonal TELVOMAR 2001, S. L. Unipersonal TIMARLEIX, S. L. Unipersonal TRAVIFOR, S. L. Unipersonal VILAFORES, S. L. Unipersonal (En adelante filiales) (Sociedades absorbidas)

Publicado en:
«BORME» núm. 9, páginas 911 a 911 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2003-9013

TEXTO

La Junta general de "Inicap Café, Sociedad Limitada", y los respectivos socios únicos de las filiales y la Junta general de "Compañía del Trópico de Café y Té, Sociedad Limitada", acordaron en fecha 29 de noviembre de 2002 la fusión de todas ellas mediante la absorción por parte de "Compañía del Trópico de Café y Té, Sociedad Limitada", de "Inicap Café, Sociedad Limitada", y, simultáneamente, de sus filiales, que le transmiten en bloque sus respectivos patrimonios sociales y se extinguen mediante su disolución sin liquidación. En su caso, los obligacionistas, titulares de derechos especiales distintos de las participaciones sociales y los representantes de los trabajadores tienen derecho a examinar en el domicilio social los documentos a que se refiere el artículo 238 de la Ley de Sociedades Anónimas. Los socios y acreedores de las sociedades participantes en la fusión tienen derecho a obtener el texto íntegro del acuerdo y del Balance de fusión.

Durante el plazo de un mes a contar desde el último anuncio del acuerdo, los acreedores de las sociedades participantes en la fusión podrán oponerse a la misma en los términos previstos en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas.

Barcelona, 27 de diciembre de 2002.-El Presidente del Consejo de Administración de "Compañía del Trópico de Café y Té, Sociedad Limitada", y Administrador único de "Inicap Café, Sociedad Limitada", y de las filiales, Gustavo Ron García.-535. 1.a 15-1-2003.

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