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Documento BORME-C-2003-227014

ASEA BROWN BOVERI, SOCIEDAD ANÓNIMA (Absorbente) ABB ENERGÍA, SOCIEDAD ANÓNIMA (Absorbida)

Publicado en:
«BORME» núm. 227, páginas 33008 a 33008 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2003-227014

TEXTO

Anuncio de fusión En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que las respectivas Juntas generales de accionistas, celebradas con carácter de Universal el día 17 de Noviembre de 2003, aprobaron, por unanimidad, la fusión de Asea Brown Boveri, Sociedad Anónima y ABB Energía, Sociedad Anónima mediante la absorción de ABB Energía, Sociedad Anónima (absorbida) por Asea Brown Boveri, Sociedad Anónima (absorbente), con disolución sin liquidación de la absorbida y adquisición en bloque y a titulo universal por la absorbente del patrimonio social y de todos los derechos y obligaciones de la absorbida, en los términos y condiciones previstos en el proyecto de fusión redactado y suscrito por todos los Administradores de las dos sociedades con fecha 27 de Mayo 2003 y previamente depositado en el Registro Mercantil de Madrid.

Asimismo fueron aprobados, por unanimidad, los respectivos Balances de fusión, y se acordó que las operaciones de la sociedad absorbida se entenderán realizadas a efectos contables por cuenta de la absorbente a partir de 1 de enero de 2003.

Al ser la absorbente la titular de la totalidad del capital social de la absorbida no procede ampliación de capital social, ni ha sido necesaria la intervención de expertos independientes, por lo que no se otorgan ventajas de ninguna clase a los expertos independientes. Tampoco se otorgan ventajas de ningún tipo a los Administradores de las sociedades participantes.

No existen obligaciones ni titulares de derechos especiales distintos de las acciones.

Los accionistas y acreedores tienen el derecho a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del Balance de fusión, conforme a lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, y durante el plazo de un mes, contado desde la fecha de publicación del ultimo anuncio del acuerdo de fusión, los acreedores podrán oponerse a la fusión con arreglo a lo previsto en el artículo 166, conforme establece el artículo 243, ambos de la vigente Ley de Sociedades Anónimas.

Madrid, 26 de noviembre de 2003.-El Secretario del Consejo de Administración de Asea Brown Boveri, Sociedad Anónima. Don Enrique Gutiérrez de Terán y Gómez Benita. El Secretario del Consejo de Administración de ABB Energía, Sociedad Anónima. Don Antonio Morales Litrán.-53.197.

1.a 27-11-2003.

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