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Documento BORME-C-2003-215019

CODERE INTERNACIONAL GAMES, S. A. Unipersonal (Sociedad escindida parcialmente) NIDIDEM, S. L (Sociedad beneficiaria de nueva creación)

Publicado en:
«BORME» núm. 215, páginas 31034 a 31034 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2003-215019

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 242 de la vigente Ley de Sociedades Anónimas se hace público que el socio único de Codere Internacional Games, Sociedad Anónima, Unipersonal, con fecha 31 de octubre de 2003, adoptó al amparo de lo establecido en el art. 311 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, en relación con el art. 127 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada, la decisión de aprobar la escisión parcial de la compañía mediante la segregación de una parte de su patrimonio consistente en su participación en la sociedad Interamericana de Electrónica, Sociedad Anónima (INTEREC), traspasando en bloque el patrimonio segregado a la sociedad de nueva creación "Nididem, Sociedad Limitada", conforme al proyecto de escisión y con base en el Balance de la sociedad cerrado a 30 de septiembre de 2003.

A los solos efectos de llevar a cabo la operación de escisión parcial, se aprueba la reducción de capital social de Codere Internacional Games, Sociedad Anónima, Unipersonal, por el valor del patrimonio escindido, es decir, por importe de trescientos setenta y nueve mil ochocientos cuarenta y dos euros (379.842 euros), mediante la disminución del valor nominal de todas las acciones, que pasarán de 5.122,31 euros (cinco mil ciento veintidós euros con treinta y un céntimos) a 3.856,17 euros (tres mil ochocientos cincuenta y seis euros con diecisiete céntimos) de valor nominal cada una de ellas, modificándose, en consecuencia, el artículo 5.o de los Estatutos sociales.

Los accionistas, acreedores y representantes de los trabajadores de la sociedad escindida Codere Internacional Games, Sociedad Anónima, Unipersonal, tienen a su disposición, en el domicilio social de la sociedad, en defensa de sus derechos de información y oposición, el texto íntegro del acuerdo adoptado, el Balance de escisión y los documentos a que hacen referencia los artículos 242, 243 y 238, de la Ley de Sociedades Anónimas.

Durante el plazo de un mes, a contar desde la publicación de este anuncio, los acreedores de la referida sociedad pueden oponerse a la escisión, en los términos previstos en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas.

Madrid, 31 de octubre de 2003.-Los Administradores Solidarios de Codere Internacional Games, Sociedad Anónima, José Antonio Martínez Sampedro y Codere, Sociedad Anónima, representada por Encarnación Martínez Sampedro.-49.782.

1.a 11-11-2003.

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