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Documento BORME-C-2003-125053

VOITH PAPER, S. A. Sociedad unipersonal (Sociedad absorbente) BASAGOITIA, S. A. Sociedad unipersonal (Sociedad absorbida)

Publicado en:
«BORME» núm. 125, páginas 17368 a 17369 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2003-125053

TEXTO

Anuncio de fusión En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 242 y 243 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que las Juntas Generales Universales y Extraordinarias de las sociedades Voith Paper, S.A.

Sociedad Unipersonal y Basagotia, S.A. Sociedad Unipersonal, celebradas el 9 de junio de 2003, aprobaron por unanimidad los acuerdos de fusión mediante la absorción de Basagotia, S.A. por Voith Paper, S.A., todo ello conforme al proyecto de fusión depositado en el Registro Mercantil de Guipúzcoa el 28 de abril de 2003. Fueron aprobados los respectivos Balances de Fusión, cerrados a 31 de diciembre de 2002, previamente verificados por los auditores de cuentas de las sociedades intervinientes.

Dado que Basagotia, S.A. se encuentra íntegramente participada por Voith Paper, S.A. y a tenor de lo dispuesto en el artículo 250 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, no procede el aumento de capital de la sociedad absorbente ni la elaboración de los informes de los administradores ni de los expertos independientes sobre el proyecto de fusión.

Las operaciones realizadas por Basagotia, S.A.

a partir del 1 de enero de 2003 se considerarán realizadas a efectos contables por cuenta de Voith Paper, S.A.

La fusión no prevé el reconocimiento de derecho especial alguno, ni se otorgan ventajas de ninguna clase a los administradores de las sociedades que se fusionan. No existen clases especiales de acciones ni derechos especiales distintos de las acciones.

Se hace constar expresamente, de conformidad con el texto legal ya citado, el derecho que asiste a los accionistas y acreedores de cada una de las sociedades intervinientes en la fusión a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión, así como el derecho de los acreedores de las sociedades a oponerse a la fusión en los términos previstos en el artículo 166 del reiterado texto legal. Para ejercitar su derecho de oposición los acreedores dispondrán del plazo de un mes desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo de fusión.

Tolosa a, 9 de junio de 2003.-El Secretario de los Consejos de Administración. Simon Goicoechea Aramburu.-33.530. 2.a 4-7-2003.

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