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Documento BORME-C-2003-110253

SOCIEDAD DE GESTIÓN DE LOS SISTEMAS DE REGISTRO, COMPENSACIÓN Y LIQUIDACIÓN DE VALORES, S. A. (Sociedad absorbente) SERVICIO DE COMPENSACIÓN Y LIQUIDACIÓN DE VALORES, S. A. Sociedad unipersonal (Sociedad absorbida)

Publicado en:
«BORME» núm. 110, páginas 15521 a 15521 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2003-110253

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 242 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, y de conformidad con lo previsto en la letra c) del punto segundo de la disposición transitoria primera de la Ley 44/2002, de 22 de noviembre, de Medidas de Reforma del Sistema Financiero, se comunica que las Juntas Generales Extraordinarias y Universales, celebradas por estas sociedades el día 10 de junio de 2003 acordaron, por unanimidad, aprobar la fusión por absorción de "Servicio de Compensación y Liquidación de Valores, S.A., Sociedad Unipersonal" por "Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de Valores, S.A.".

La fusión se realiza sin liquidación de la sociedad absorbida, produciéndose su disolución y traspaso en bloque de su patrimonio a la sociedad absorbente quien se subrogará en todos los derechos y obligaciones de la sociedad absorbida, en los términos del proyecto de fusión suscrito el 23 de abril de 2003 por los respectivos órganos de Administración de las sociedades participantes, y depositado en el Registro Mercantil el 26 de mayo de 2003, y como parte integrante de este acuerdo de fusión, que se aprobó en su totalidad.

Las entidades que se fusionan son las siguientes: Sociedad absorbente: Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de Valores, S.A., con domicilio social en Madrid, calle Pedro Teixeira 8, C.I.F. A-82695677, constituida mediante escritura otorgada ante el Notario de Madrid Luis Rueda Esteban el 7 de junio de 2000, con número de su protocolo 2486, debidamente inscrita en el Registro Mercantil de Madrid el 7 de septiembre de 2000 en el Tomo 15.611, Folio 5, Sección 8, Hoja 262.818, 1.a inscripción.

Sociedad absorbida: Servicio de Compensación y Liquidación de Valores, Sociedad Anónima Unipersonal, con domicilio en Madrid, calle Orense 34, C.I.F. A-800755542, constituida mediante escritura otorgada ante el Notario de Madrid José-Aristónico García Sánchez, el 17 de junio de 1991, con número 1859 de su protocolo, debidamente inscrita en el Registro Mercantil de Madrid el 3 de septiembre de 1991 en el Tomo 1.397, Folio 170, Sección 8, Hoja 26.042, 1.a inscripción.

Dado que la sociedad absorbente, Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de Valores, S.A., es propietaria de la totalidad del capital social de la sociedad absorbida, Servicio de Compensación y Liquidación de Valores, Sociedad Anónima Unipersonal, no procede realizar canje alguno.

Las operaciones de la sociedad absorbida se considerarán realizadas por cuenta de la Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de Valores, S.A., a partir del día 1 de enero de 2003.

Todas las acciones de la sociedad que se absorbe pertenecen a la misma clase y serie, por lo que no existen acciones de clases especiales. Tampoco existen en las sociedades absorbente o absorbida titulares de derechos especiales distintos de las acciones.

No ha intervenido ningún experto independiente en el proyecto de fusión, por lo que no se va a otorgar ventaja alguna de esta naturaleza a ningún experto de esta clase.

No se van a atribuir ventajas de ninguna clase a los administradores de la sociedad absorbente ni absorbida.

Las Juntas Generales de las sociedades que participan en la fusión han aprobado como Balances de Fusión, los cerrados a 31 de diciembre de 2002, debidamente verificados por los respectivos Auditores de Cuentas de dichas sociedades, formando parte de las Cuentas anuales depositadas en el Registro Mercantil.

Se hace expresa mención del derecho que asiste a los accionistas y a los acreedores de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de Fusión, los cuales se encuentran a su disposición en los domicilios sociales de las sociedades participantes.

Igualmente se hace constar expresamente el derecho que asiste a los acreedores sociales de oponerse a la fusión durante el plazo de un mes desde la fecha de la publicación del último anuncio de fusión, en los términos señalados en el artículo 243 de la Ley de Sociedades Anónimas.

Madrid, 10 de junio de 2003.-El Presidente del Consejo de Administración, Don José Barreiro Hernández.-30.264. 2.a 13-6-2003.

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