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Documento BORME-C-2002-7048

RIVED IMAGEN DIGITAL, S. L. Sociedad unipersonal (Sociedad absorbente) PANOMADRID, S. A. Sociedad unipersonal FOTO SISTEMA 4, S. A. Sociedad unipersonal FOTO SISTEMA, S. A. Sociedad unipersonal FOTO SISTEMA 2, S. A. Sociedad unipersonal ALBANELL MASIP MASNOU, S. L. Sociedad unipersonal PHOTO J'AIME, S. A. Sociedad unipersonal PANO LAB, S. A. Sociedad unipersonal FOTO ESTUDIO 45, S. A. Sociedad unipersonal EYA NORANTA CINC, S. L. Sociedad unipersonal (Sociedades absorbidas)

Publicado en:
«BORME» núm. 7, páginas 1180 a 1180 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2002-7048

TEXTO

Anuncio de fusión En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que las Juntas generales extraordinarias y universales de las sociedades "Rived Imagen Digital, Sociedad Limitada, sociedad unipersonal; "Panomadrid, Sociedad Anónima", sociedad unipersonal; "Foto Sistema 4, Sociedad Anónima", sociedad unipersonal; "Foto Sistema, Sociedad Anónima", sociedad unipersonal; "Foto Sistema 2, Sociedad Anónima", sociedad unipersonal; "Albanell Masip Masnou, Sociedad Limitada", sociedad unipersonal; "Photo J'Aime, Sociedad Anónima", sociedad unipersonal, "Pano Lab, Sociedad Anónima", sociedad unipersonal; "Foto Estudio 45, Sociedad Anónima", sociedad unipersonal, y "Eya Noranta Cinc, Sociedad Limitada", sociedad unipersonal, celebradas en sus respectivos domicilios sociales el pasado día 31 de diciembre de 2001, han aprobado, por unanimidad, la fusión por absorción de las sociedades "Panomadrid, Sociedad Anónima", sociedad unipersonal; "Foto Sistema 4, Sociedad Anónima", sociedad unipersonal; "Foto Sistema, Sociedad Anónima", sociedad unipersonal; "Foto Sistema 2, Sociedad Anónima", sociedad unipersonal; "Albanell Masip Masnou, Sociedad Limitada", sociedad unipersonal; "Photo J'Aime, Sociedad Anónima", sociedad unipersonal; "Pano Lab, Sociedad Anónima", sociedad unipersonal; "Foto Estudio 45, Sociedad Anónima", sociedad unipersonal, y "Eya Noranta Cinc, Sociedad Limitada", sociedad unipersonal, como sociedades absorbidas, por parte de "Rived Imagen Digital, Sociedad Limitada", sociedad unipersonal, como sociedad absorbente, adquiriendo esta última por sucesión universal los derechos y obligaciones de las sociedades absorbidas, que extinguirán su personalidad jurídica de conformidad a lo legalmente establecido; todo ello conforme al proyecto de fusión conjunto, suscrito por las diez sociedades participantes de la fusión en fecha 27 de noviembre de 2001, del que ha quedado constituido depósito en el Registro Mercantil de Barcelona con fecha 10 de diciembre de 2001.

Siendo la sociedad absorbente "Rived Imagen Digital, Sociedad Limitada", sociedad unipersonal, titular del 100 por 100 del capital social de las nueve sociedades absorbidas, y por tanto socio único de las mismas, no procede formalizar ampliación de capital de la entidad absorbente, ni establecer procedimiento y relación de canje alguno, e igualmente no es necesaria la elaboración de informes por los Administradores, ni por expertos independientes sobre el proyecto de fusión.

Las operaciones de las nueve sociedades absorbidas se considerarán realizadas a efectos contables por cuenta de la sociedad absorbente, "Rived Imagen Digital, Sociedad Limitada", sociedad unipersonal, a partir del día 1 de enero de 2002.

No existen participaciones especiales ni derechos o títulos especiales distintos de las participaciones existentes en la sociedad absorbente ni en las sociedades absorbidas, por lo que no se reconoce derecho alguno en relación con ellas. Tampoco se ofrece ninguna opción.

No se atribuirán ventajas de ningún tipo en la sociedad absorbente a los Administradores de las sociedades que se fusionan. No procede la mención a ventajas especiales en favor de expertos independientes ya que no es precisa su intervención.

Las Juntas generales extraordinarias y universales de las sociedades participantes en la fusión acordaron aprobar, como Balances de fusión, los cerrados, a estos solos efectos, en fecha 15 de noviembre de 2001, haciéndose constar que, con posterioridad a dichos Balances, no ha acontecido ningún hecho extraordinario que modifique el patrimonio activo o pasivo allí reflejado.

Se hace constar el derecho de oponerse a la fusión que asiste a los accionistas y acreedores de las entidades participantes, establecido en el artículo 243 de la Ley de Sociedades Anónimas. Todos los accionistas y acreedores tienen el derecho a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados en las Juntas generales y de los Balances de fusión, los que están a disposición de los interesados en el domicilio social de las compañías.

Barcelona, 31 de diciembre de 2001.-Los Administradores.-516. 1.a 11-1-2002.

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