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Documento BORME-C-2002-32025

REAL MURCIA C. F., S. A. D.

Publicado en:
«BORME» núm. 32, páginas 4366 a 4367 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2002-32025

TEXTO

El Consejo de Administración de la sociedad "Real Murcia C.F., Sociedad Anónima Deportiva", convoca a sus accionistas a la Junta general ordinaria que tendrá lugar en su sede social, en la ronda de Garay, 14, 30003 Murcia, el día 3 de marzo de 2002, a las once horas, en primera convocatoria.

Y en segunda convocatoria, si fuese precisa, al día siguiente, en el mismo lugar y a la misma hora, conforme al siguiente Orden del día Primero.-Desdoblamiento de las acciones que integran el capital social de la compañía, mediante división por seis de cada una de ellas. Ajuste del valor nominal de la acción a 10 euros, con la consiguiente reducción del capital social y modificación de los Estatutos sociales.

Segundo.-Aumento de capital social en la cantidad de 4.005.270 euros, mediante la emisión y puesta en circulación de nuevas participaciones sociales, dando nueva y correspondiente redacción a los Estatutos sociales. El aumento de capital social se hará sin derecho de suscripción preferente de los accionistas.

Tercero.-Ruegos y preguntas.

Cuarto.-Aprobación del acta de la reunión o, en su caso, nombramiento de Interventores, conforme al artículo 19 de los Estatutos sociales.

Los accionistas pueden obtener, de forma inmediata y gratuita, los documentos sometidos a la aprobación de la Junta general extraordinaria, así como la certificación del Auditor de cuentas que acredita, con referencia a la contabilidad social, la exactitud de los datos ofrecidos por los Administradores sobre los créditos en cuestión; así como proceder a su consulta en la sede social del club. El indicado informe justifica detalladamente la propuesta y el tipo de emisión de las acciones, con indicación de las personas a las que éstas habrán de atribuirse.

Conforme al artículo 16 de los Estatutos sociales, podrán asistir a las Juntas generales los accionistas que acrediten ser titulares, al menos, de 50 acciones inscritas a su nombre, con cinco días de antelación como mínimo, en el Registro de acciones nominativas de la sociedad.

Los titulares de acciones en número inferior al mínimo señalado en el párrafo anterior, podrán agruparse hasta alcanzar el mínimo exigido.

Murcia, 14 de febrero de 2002.-Jesús Samper Vidal.-5.309.

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