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Documento BORME-C-2002-248062

SOCIETAT MUNICIPAL D'APARCAMENTS I SERVEIS, S. A. (Sociedad absorbente) PARC ZOOLÒGIC DE BARCELONA, S. A. BARCELONA PROMOCIÓ INSTAL264LACIONS OLÍMPIQUES, S. A. (Sociedades absorbidas)

Publicado en:
«BORME» núm. 248, páginas 36350 a 36350 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2002-248062

TEXTO

Anuncio de fusión 1. Aprobación de la fusión: En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas se hace público que el Ayuntamiento de Barcelona, como accionista único de "Societat Municipal d'Aparcaments i Serveis, Sociedad Anónima", "Parc Zoològic de Barcelona, Sociedad Anónima" y "Barcelona Promoció Instalacions Olímpiques, Sociedad Anónima", en Barcelona, el día 20 de diciembre de 2002 acordó la fusión de estas tres sociedades, mediante absorción de las dos últimas, que se disuelven sin liquidación, por la primera, a la que se transmite en bloque sus patrimonios sociales y que adquirirá por sucesión universal todos sus derechos y obligaciones. El accionista único de las tres sociedades aprobó también en la misma fecha sus Balances de fusión auditados, cerrados a 31 de agosto de 2002, y el proyecto de fusión.

2. Tipo de canje y aumento de capital como consecuencia de la fusión: Tratándose de la fusión impropia de tres sociedades municipales con un mismo accionista único, conforme a lo previsto en el artículo 250 de la Ley de Sociedades Anónimas, no procede, como consecuencia de la fusión, el canje de acciones ni el aumento de capital de la sociedad absorbente, "Societat Municipal d'Aparcaments i Serveis, Sociedad Anónima".

3. Fecha de efectos contables y ventajas y derechos especiales: Las operaciones de "Parc Zoològic de Barcelona, Sociedad Anónima" y "Barcelona Promoció Instalacions Olímpiques, Sociedad Anónima" se entenderán realizadas a efectos contables por cuenta de "Societat Municipal d'Aparcaments i Serveis, Sociedad Anónima" a partir del 1 de enero de 2003.

No existen acciones de clases especiales ni titulares de derechos especiales distintos de las acciones en las sociedades absorbidas, por lo que no procede el otorgamiento de ningún derecho especial ni el ofrecimiento de ningún tipo de opción. Asimismo, no se ha atribuido ninguna clase de ventajas en la sociedad absorbente a los administradores de las entidades participantes en la fusión ni, puesto que resulta de aplicación el artículo 250 de la Ley de Sociedades Anónimas y no procede la elaboración de informes sobre la fusión por parte de expertos independientes, a experto independiente alguno.

4. Derechos de información y oposición: De conformidad con lo previsto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas se hace constar expresamente el derecho que asiste a los accionistas y acreedores de cada una de las sociedades que participan en la fusión, de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del balance de fusión, los cuales se encuentran a su disposición en el domicilio social de las sociedades que se fusionan y el derecho que asiste a los acreedores sociales de las sociedades fusionadas de oponerse a la fusión durante el plazo de un mes desde la fecha de publicación del último anuncio de fusión, en los términos señalados en el artículo 243 de la Ley de Sociedades Anónimas.

Barcelona, 20 de diciembre de 2002.-Carme San Miguel i Ruibal y Antoni Balarí i Zanotti, Presidente y Secretario del Consejo de Administración de "Societat Municipal d'Aparcaments i Serveis, Sociedad Anónima", respectivamente; Jordi Portabella i Calvete y Jordi Domingo i Garcia-Milà, Presidente y Secretario del Consejo de Administración de "Parc Zoològic de Barcelona, Sociedad Anónima", respectivamente, y Albert Batlle i Bastardas y Jordi Baulies i Cortal, Presidente y Secretario del Consejo de Administración de "Barcelona Promoció Instalacions Olímpiques, Sociedad Anónima", respectivamente.-56.255. 1.a 30-12-2002.

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