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Documento BORME-C-2002-2059

UNIÓN COMERCIAL EXTERIOR, SOCIEDAD LIMITADA (Como sociedad absorbente) MARK XXI, S. L. Sociedad unipersonal ORGANIZACIÓN TÉCNICA Y PROMOTORA, S. L. Sociedad unipersonal GALLEGA DE URBANISMOS, S. A. Sociedad unipersonal CONVENIO URBANIZACIÓN LA VENTA, S. A. Sociedad unipersonal URBANIZACIÓN LA VENTA, S. A. Sociedad unipersonal (Como sociedades absorbidas)

Publicado en:
«BORME» núm. 2, páginas 367 a 368 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2002-2059

TEXTO

Anuncio de fusión En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades, se hace público que las Juntas generales de las sociedades "Unión Comercial Exterior, Sociedad Limitada", "Mark XXI, Sociedad Limitada" (sociedad unipersonal), "Organización Técnica y Promotora, Sociedad Limitada" (sociedad unipersonal), "Gallega de Urbanismos, Sociedad Anónima" (sociedad unipersonal), "Convenio Urbanización La Venta, Sociedad Anónima" (sociedad unipersonal) y "Urbanización La Venta, Sociedad Anónima" (sociedad unipersonal), acordaron el día 26 de noviembre de 2001, la fusión por absorción de "Unión Comercial Exterior, Sociedad Limitada", como sociedad absorbente, y de "Mark XXI, Sociedad Limitada" (sociedad unipersonal), "Organización Técnica y Promotora, Sociedad Limitada" (sociedad unipersonal), "Gallega de Urbanismos, Sociedad Anónima" (sociedad unipersonal), "Convenio Urbanización La Venta, Sociedad Anónima" (sociedad unipersonal) y "Urbanización La Venta, Sociedad Anónima" (sociedad unipersonal), como sociedades absorbidas, con disolución sin liquidación y traspaso en bloque de todos sus activos y pasivos de las sociedades absorbidas a la absorbente, conforme los balances cerrados a 30 de octubre de 2001, tanto por la sociedad absorbente como por las absorbidas, y todo ello en los términos del proyecto de fusión depositado en el Registro Mercantil de Madrid. La fusión tendrá efectos contables a partir del 1 de enero de 2002. A los efectos previstos en los artículos 242 y 243 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace constar que los socios y acreedores de las sociedades intervinientes, tiene derecho a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y los balances de fusión en el domicilio social de las sociedades intervinientes en la fusión. Asimismo, se hace constar, expresamente, que durante el plazo de un mes, contado a partir de la publicación del último anuncio de fusión, los acreedores podrán oponerse a la fusión en los términos previstos en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas.

Madrid, 28 de noviembre de 2001.-El Administrador único de "Unión Comercial Exterior, Sociedad Limitada", "Mark XXI, Sociedad Limitada" (sociedad unipersonal), "Organización Técnica y Promotora, Sociedad Limitada" (sociedad unipersonal), "Gallega de Urbanismos, Sociedad Anónima" (sociedad unipersonal), "Convenio Urbanización La Venta, Sociedad Anónima" (sociedad unipersonal) y "Urbanización La Venta, Sociedad Anónima" (sociedad unipersonal).-63.334.

1.a 3-1-2002.

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