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Documento BORME-C-2002-102027

AUTOCARES RUSADIR, SOCIEDAD LIMITADA (Sociedad escindida parcialmente) FLETOMO, SOCIEDAD LIMITADA (Sociedad beneficiaria)

Publicado en:
«BORME» núm. 102, páginas 14292 a 14293 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2002-102027

TEXTO

Escisión parcial En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 242, en relación con el 254, de la Ley de Socie dades Anónimas, se hace público que en la Junta general de socios de la entidad "Autocares Rusadir, Sociedad Limitada" (sociedad escindida parcialmente), celebrada con el carácter de universal el 30 de junio de 2001, se aprobó, por unanimidad, la escisión parcial mediante la transmisión de parte del patrimonio social de la escindida, traspasando el patrimonio escindido integrado por los elementos patrimoniales a la sociedad beneficiaria ya constituida.

Los accionistas, socios y acreedores de las sociedades participantes tienen el derecho a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del Balance de escisión.

Según lo dispuesto en el artículo 242, por remisión del 254, de la Ley de Sociedades Anónimas, los acreedores de las entidades participantes tienen derecho a oponerse a la escisión, en los términos del artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas, durante el plazo de un mes, contado desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo de escisión.

Málaga, 2 de mayo de 2002.-Francisco Torres Moreno.-23.595. y 3.a 3-6-2002.

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