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Documento BORME-C-2001-99201

CLÍNICA SANTA ISABEL, SOCIEDAD ANÓNIMA

Publicado en:
«BORME» núm. 99, páginas 12745 a 12745 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2001-99201

TEXTO

El Consejo de Administración de "Clínica Santa Isabel, Sociedad Anónima", en cumplimiento de los preceptos legales y estatutarios en vigor y con la preceptiva intervención de Letrado asesor, ha acordado en sesión celebrada el día 3 de abril 2001, convocar Junta general ordinaria de accionistas, que se celebrará, en primera convocatoria, el próximo día 29 de junio de 2001, a las trece horas, que tendrá lugar en la calle Juan de Zoyas, número 22, de Sevilla, o en segunda convocatoria, el día 30 de junio de 2001, a la misma hora y en el mismo lugar, con el fin de deliberar y resolver sobre los asuntos comprendidos en el siguiente Orden del día Primero.-Examen y aprobación, en su caso, del Balance, Cuenta de Pérdidas y Ganancias y Memoria correspondientes al ejercicio 2000.

Segundo.-Examen y aprobación, si procede, de la gestión del Consejo de Administración durante 2000.

Tercero.-Acuerdo que proceda sobre aplicación del resultado del ejercicio.

Cuarto.-Propuesta de nombramiento de Auditores de cuentas.

Quinto.-Ruegos y preguntas.

Sexto.-Delegación de facultades para la formalización, interpretación, subsanación, complemento, ejecución y desarrollo de los acuerdos que se adopten por la Junta general.

Séptimo.-Lectura y aprobación, si procede, del acta de la Junta general ordinaria o, en su caso, designación de dos Interventores para su aprobación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 113 del vigente texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas.

Todo accionista tiene derecho a obtener, de forma inmediata y gratuitamente, los documentos que vayan a ser sometidos a aprobación y del informe de los Auditores de cuentas. Asimismo, tiene derecho a examinar en el domicilio social cuantos documentos estime oportuno a tal fin.

Conforme a los artículos 18 de los Estatutos sociales y 104 a 108 del texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, tendrán derecho a asistir a la Junta general todos los accionistas que sean titulares de acciones que representen, al menos, el 1 por 1.000 del capital social y todo ello, sin perjuicio del derecho de agruparse hasta reunir esa cifra, como mínimo, a efectos de su asistencia y votación en la Junta, pudiendo recaer la representación de estas agrupaciones en uno cualquiera de los accionistas agrupados.

Sevilla, 3 de abril de 2001.-El Secretario del Consejo de Administración.-24.278.

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