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Documento BORME-C-2001-99123

NESTLÉ ESPAÑA, S. A. Sociedad unipersonal

Publicado en:
«BORME» núm. 99, páginas 12729 a 12730 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2001-99123

TEXTO

Convocatoria de Junta general extraordinaria de accionistas Se convoca a los señores accionistas a la Junta general extraordinaria, que tendrá lugar en el domicilio social, edificio "Nestlé", avenida Países Catalanes, 25 al 51, de Esplugues de Llobregat (Barcelona), el próximo día 30 de junio de 2001, a las diecinueve horas, con el siguiente Orden del día Primero.-Fusión de "Nestlé España, Sociedad Anónima", con "Recaysa Alimentación, Sociedad Anónima", mediante la absorción de la última por la primera, quedando "Recaysa Alimentación, Sociedad Anónima", disuelta sin liquidación y adquiriendo "Nestlé España, Sociedad Anónima", en bloque y a título universal, el patrimonio de la sociedad absorbida, sin ampliación de capital en la sociedad absorbente por ser propiedad de ésta todas las acciones de la sociedad absorbida.

Segundo.-Acogimiento de dicha fusión al régimen especial del capítulo VIII del título VIII de la Ley 43/1995, de 27 de diciembre, del Impuesto sobre Sociedades.

Tercero.-Aprobación del Balance de fusión cerrado a 31 de diciembre de 2000.

Cuarto.-Facultar ampliamente al Consejo de Administración de la compañía en orden a la ejecución de los acuerdos que se adopten, así como para asegurar previamente o satisfacer por entero los derechos de los acreedores que se opongan a la fusión y para subsanar toda suerte de errores, aclarar los acuerdos adoptados, presentar los documentos correspondientes ante las autoridades que procedan, realizar toda suerte de comunicaciones y anuncio y, en general, para llevar a cabo las gestiones necesarias hasta obtener la más completa inscripción de la fusión que se acuerde en el Registro Mercantil.

Quinto.-Aprobación del acta de la Junta.

Desde la fecha de la publicación de la presente convocatoria los señores accionistas, obligacionistas, titulares de derechos especiales y representantes de los trabajadores tendrán a su disposición, para su examen en el domicilio social, los documentos que a continuación se relacionan, pudiendo además pedir la entrega o envío gratuito del texto íntegro de los mismos.

a) Proyecto de fusión.

b) Las cuentas anuales y el informe de gestión de los tres últimos ejercicios de la sociedad "Nestlé España, Sociedad Anónima", con el preceptivo informe de los Auditores de cuentas, así como las cuentas anuales abreviadas de la compañía "Recaysa Alimentación, Sociedad Anónima", correspondientes a los dos ejercicios transcurridos desde la constitución de tal sociedad hasta nuestros días.

c) Balance de fusión de "Nestlé España, Sociedad Anónima", acompañado del informe sobre su verificación emitido por los Auditores de Cuentas de la compañía y Balance abreviado de fusión de "Recaysa Alimentación, Sociedad Anónima", cerrado a 31 de diciembre de 2000.

d) Los Estatutos vigentes de las sociedades que participan en la fusión.

e) La relación de nombre, apellidos, edad, nacionalidad y domicilio de los Administradores de las sociedades que participan en la fusión y las fechas desde las que desempeñan sus cargos.

Se hace constar que al no existir ampliación de capital por ser todas las acciones de la sociedad absorbida propiedad de la absorbente, no se producen modificaciones estatutarias con motivo de la proyectada fusión ni existe informe de los Administradores de las sociedades que se fusionan, ni de los expertos independientes por estar este tipo de fusión exenta de tales requisitos, al amparo de lo dispuesto en el artículo 250 de la Ley de Sociedades Anónimas.

A tenor de lo dispuesto en el artículo 240 de la vigente Ley de Sociedades Anónimas, se hace constar que las menciones contenidas en el proyecto de fusión, depositado en el Registro Mercantil de Barcelona, son las siguientes: Proyecto de fusión por absorción de las sociedades "Nestlé España, Sociedad Anónima" (sociedad absorbente) y "Recaysa Alimentación, Sociedad Anónima" (sociedad absorbida): De conformidad con el artículo 234 de la Ley de Sociedades Anónimas, el Consejo de Administración de "Nestlé España, Sociedad Anónima", y el de "Recaysa Alimentación, Sociedad Anónima", han redactado y suscrito el presente proyecto de fusión por absorción entre "Nestlé España, Sociedad Anónima", como sociedad absorbente, y "Recaysa Alimentación, Sociedad Anónima", como sociedad absorbida, que dará lugar, una vez concluido el proceso de fusión, a la extinción de esta última sociedad y a la consiguiente transmisión en bloque de su patrimonio social en favor de la sociedad absorbente, la cual adquirirá, por sucesión universal, la totalidad de derechos y obligaciones que componen dicho patrimonio social.

A los efectos previstos en el artículo 250 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace constar que la sociedad absorbente "Nestlé España, Sociedad Anónima", es propietaria de la totalidad de las acciones de la sociedad absorbida "Recaysa Alimentación, Sociedad Anónima".

En esta fusión, que se incardina dentro del proceso de reestructuración y racionalización de las actividades de las compañías que se fusionan, se opta tributariamente por acogerla al régimen especial del capítulo VIII del título VIII de la Ley 43/1995, de 27 de diciembre, del Impuesto sobre Sociedades.

En cumplimiento de lo establecido en el artículo 235 del texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, se formulan a continuación las menciones de proyecto de fusión exigidas por dicho artículo: I. Identificación de las sociedades participantes: Participan en esta fusión por absorción las sociedades "Nestlé España, Sociedad Anónima", como sociedad absorbente y "Recaysa Alimentación, Sociedad Anónima", como sociedad absorbida: 1. Entidad absorbente.

"Nestlé España, Sociedad Anónima", domiciliada en Esplugues de Llobregat (Barcelona), edificio "Nestlé", avenida Países Catalanes, 25 al 51, constituida por tiempo indefinido bajo la denominación social de "Sociedad Nestlé, Anónima Española de Productos Alimenticios", en escritura otorgada el 17 de septiembre de 1920, ante el Notario de Barcelona don Antonio Gallardo y Martínez, con el número 1.083 de su protocolo. Modificada la razón social por la actual de "Nestlé España, Sociedad Anónima", en escritura otorgada el 15 de diciembre de 1994, ante el Notario de Barcelona don Modesto Ventura Benages, con el número 4.963 de su protocolo. La sociedad se encuentra inscrita en el Registro Mercantil de Barcelona al tomo 26.973, folio 102, hoja número B-19.573, con NIF A-08005449.

Su capital social asciende a 100.000.000 de euros (cien millones de euros), dividido en 50.000.000 de acciones nominativas, numeradas correlativamente del 1 al 50.000.000, ambos inclusive, de 2 euros (dos euros) de valor nominal cada una, totalmente suscritas y desembolsadas.

2. Entidad absorbida: "Recaysa Alimentación, Sociedad Anónima", domiciliada en Esplugues de Llobregat (Barcelona), avenida Países Catalanes, 25 al 51, constituida por tiempo indefinido bajo la denominación social de "Comercial Recaysa, Sociedad Anónima", en escritura otorgada el 19 de abril de 1999, ante el Notario de Barcelona don Luis Sampietro Villacampa, con el número 1.145 de su protocolo. Modificada la razón social por la actual de "Recaysa Alimentación, Sociedad Anónima", en escritura otorgada el 21 de diciembre de 2000, ante el Notario de Barcelona don Modesto Ventura Benages, con el número 5.117 de su protocolo. La sociedad se encuentra inscrita en el Registro Mercantil de Barcelona al tomo 31.623, folio 158, hoja B-196247, con NIF A-61943833. Su capital social asciende a 18.000.000 de euros (dieciocho millones de euros), dividido en 18.000 acciones nominativas, numeradas correlativamente del 1 al 18.000, ambos inclusive, de 1.000 euros (mil euros) de valor nominal cada una, totalmente suscritas y desembolsadas.

II. Procedimiento por el que se llevará a cabo la fusión: La fusión se llevará a cabo, si así lo aprueban las respectivas Juntas generales de accionistas de cada una de las sociedades participantes, mediante la modalidad de fusión por absorción.

"Recaysa Alimentación, Sociedad Anónima", se extinguirá y será absorbida por "Nestlé España, Sociedad Anónima", que adquirirá, por sucesión universal, los derechos y obligaciones de aquélla y a la que será transmitido en bloque su patrimonio social.

Se considerarán Balances de fusión los cerrados con fecha 31 de diciembre de 2000.

III. Fecha a partir de la cual las operaciones de la sociedad que se extingue habrán de considerarse realizadas a efectos contables y fiscales por cuenta de la sociedad absorbente: Las operaciones de la sociedad que se extingue habrán de considerarse realizadas a efectos contables y fiscales por cuenta de la sociedad absorbente a partir del 1 de enero de 2001.

IV. Derechos u opciones que vayan a otorgarse en la sociedad absorbente a los titulares de acciones de clases especiales y a quienes tengan derechos especiales distintos de las acciones en la sociedad absorbida: No existen titulares de acciones de clases especiales ni de derechos especiales distintos de las acciones en la sociedad absorbida.

V. Ventajas que vayan a atribuirse a los expertos independientes y a los Administradores de las sociedades que se fusionan: No intervendrán expertos independientes por no ser necesarios en virtud de lo dispuesto en el artículo 250.2 de la Ley de Sociedades Anónimas, ya que la sociedad absorbente es titular de todas las acciones de la sociedad absorbida.

No se otorgará ventaja ni privilegio alguno a los Administradores de las sociedades que se fusionan.

A los efectos oportunos y en virtud de lo dispuesto en el artículo 250 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace constar que no se incluyen en el presente proyecto de fusión las menciones a que se refieren los apartados b) y c) del artículo 235 de la Ley de Sociedades Anónimas, y que tampoco procede la solicitud al Registro Mercantil de la designación de experto independiente que informe sobre el presente proyecto de fusión, ya que la sociedad absorbente es propietaria de todas las acciones de la sociedad absorbida.

Los señores accionistas podrán ejercitar su derecho de asistencia a la Junta general extraordinaria que se convoca de conformidad con lo establecido en los Estatutos sociales y en la vigente legislación aplicable.

Esplugues de Llobregat, 4 de mayo de 2001.-El Secretario del Consejo de Administración.-26.808.

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