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Documento BORME-C-2001-89035

CONSTRUCCIONES Y AUXILIAR DE FERROCARRILES, SOCIEDAD ANÓNIMA

Publicado en:
«BORME» núm. 89, páginas 11200 a 11200 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2001-89035

TEXTO

Convocatoria de Junta general ordinaria Por acuerdo del Consejo de Administración de la sociedad, se convoca a los señores accionistas a Junta general ordinaria, que tendrá lugar en el domicilio social, en Beasain, Guipúzcoa, el día 9 de junio de 2001, a las doce horas, en primera convocatoria y, en su caso, el siguiente día, en el mismo lugar y hora, en segunda, al objeto de deliberar y decidir sobre el siguiente Orden del día Primero.-Examen y aprobación, en su caso, de las cuentas anuales correspondientes al ejercicio cerrado al 31 de diciembre de 2000, así como de la gestión social.

Segundo.-Aprobación, en su caso, de la propuesta de aplicación del resultado del citado ejercicio.

Tercero.-Reelección de Consejeros.

Cuarto.-Autorizar al Consejo de Administración de la sociedad para la adquisición derivativa de acciones propias en los términos exigidos por la ley, dejando sin efecto la concedida por acuerdo de la Junta general ordinaria de accionistas celebrada el día 3 de junio de 2000.

Quinto.-Reelección de Auditores de cuentas.

Sexto.-Facultar al Consejo de Administración, con toda la amplitud que fuera necesaria, al efecto de elevar a públicos los anteriores acuerdos que lo requieran, con expresas facultades para aclarar, subsanar o complementar los citados acuerdos, de conformidad con la calificación verbal o escrita del Registro Mercantil, realizando cuantos actos sean precisos para lograr la inscripción de los mismos en el Registro Mercantil.

Séptimo.-Aprobación del acta de la reunión.

En relación con el punto primero del orden del día, a partir de esta fecha, cualquier accionista podrá obtener de la sociedad, de forma inmediata y gratuita, los documentos de esa naturaleza que han de ser sometidos a la aprobación de la Junta general, así como el informe de gestión y el informe de los Auditores de cuentas.

A los efectos de ejercitar el derecho de asistencia, se recuerda a los accionistas que, de conformidad con lo dispuesto en artículo 21 de los Estatutos sociales, solamente tendrán derecho de asistencia quienes acrediten la titularidad de, al menos, 100 acciones, en la forma exigida por la ley.

Beasain, 24 de abril de 2001.-El Presidente del Consejo de Administración.-21.885.

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