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Documento BORME-C-2001-84005

AUTOPISTAS DEL ATLÁNTICO CONCESIONARIA ESPAÑOLA, S. A.

Publicado en:
«BORME» núm. 84, páginas 10458 a 10459 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2001-84005

TEXTO

Emisión de obligaciones La Comisión Nacional del Mercado de Valores ha inscrito en los Registros oficiales los documentos acreditativos y el folleto informativo de la siguiente emisión de obligaciones el 26 de abril de 2001: 1. Acuerdos previos: La Junta general extraordinaria de accionistas del emisor celebrada con carácter universal el día 21 de febrero de 2001 acordó por unanimidad proceder a la emisión de obligaciones y el Consejo de Administración del garante en reunión de 22 de febrero de 2001 aprobó por unanimidad avalar la emisión de obligaciones.

2. Emisor: "Autopistas del Atlántico Concesionaria Española, Sociedad Anónima" con domicilio social en A Coruña, calle Alfredo Vicenti, 15, CIF A-1 5020522. Su oficina administrativa principal está en Madrid, calle Serrano, 45, cuarta planta.

3. Objeto y capital social: El emisor gestiona la construcción, conservación y explotación de la autopista del Atlántico y tiene un capital social de 32.598.600.000 pesetas totalmente suscrito y desembolsado.

4. Importe nominal de la emisión: 66.111.000 millones de euros, representado por 132.222 obligaciones simples, de 500 euros de valor nominal cada una, estarán representadas mediante anotaciones en cuenta.

5. Precio de la emisión: Los suscriptores de las obligaciones desembolsarán el importe de las mismas al 100 por 100 de su valor nominal. Las operaciones de suscripción de las obligaciones no estarán sujetas a ninguna comisión si éstas se realizan a través de las entidades aseguradores y colocadoras que figuran en el punto siguiente.

6. Suscripción: Desde el 7 de mayo de 2001 a las nueve horas hasta el 25 de mayo de 2001 a las catorce treinta horas. Si en el período de suscripción abierto las peticiones de obligaciones fueran superiores a las obligaciones ofertadas, se procederá a efectuar un prorrateo en la forma descrita en el folleto informativo.

Las entidades aseguradoras y colocadoras podrán exigir a los peticionarios provisión de fondos para asegurar el pago del precio de las obligaciones. En tal caso, deberán devolver a tales peticionarios la provisión de fondos correspondiente, libre de cualquier gasto o comisión, con fecha valor no más tarde del día hábil siguiente de producirse cualquiera de las siguientes circunstancias: a) Desistimiento de continuar la realización de la emisión, en los términos previstos en el presente folleto.

b) Adjudicación al peticionario de un número de obligaciones inferior al solicitado en caso de prorrateo; la devolución de la provisión se realizará respecto de las obligaciones no adjudicadas por razón del prorrateo.

Las peticiones de suscripción deberán ser dirigidas durante el periodo de suscripción a las siguientes entidades aseguradoras y colocadoras: Banco Bilbao Vizcaya Argentaria.

"Banco Urquijo, Sociedad Anónima".

Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Madrid.

"Invercaixa, SVB, Sociedad Anónima".

"Bankinter, Sociedad Anónima".

"Renta 4, SVB, Sociedad Anónima".

Bancaja.

Caja Vital.

Banco Sabadell.

7. Fecha de desembolso: 31 de mayo de 2001, fecha en la que el empréstito empezará a devengar interés.

8. Interés nominal: 4,19 por 100 anual bruto (base año natural) durante toda la vida del empréstito. El pago de intereses se realizará por años vencidos, los días 20 de diciembre de cada año y en la fecha de amortización. La primera fecha de pago de intereses tendrá lugar el 20 de diciembre de 2001 y la última el día 31 de mayo de 2011. El primer pago de intereses corresponde al periodo transcurrido desde la fecha de desembolso, es decir el 31 de mayo de 2001 hasta el 20 de diciembre de 2001.

El último pago de intereses corresponde al período transcurrido desde el pago de intereses de 20 de diciembre de 2010 hasta la fecha de amortización, es decir el 31 de mayo de 2011. Si alguna de estas fechas resultara ser inhábil entendiéndose por tal sábado, domingo y/o festivo, el pago se efectuará el día hábil inmediatamente posterior.

9. Plazo de la emisión y amortización: El plazo es de diez años y las obligaciones se amortizarán a la par (100 por 100) el 31 de mayo del 2011, libre de gastos para el suscriptor. Las operaciones de amortización de las obligaciones no estarán sujetas a ninguna comisión si éstas se realizan a través de las entidades aseguradoras y colocadoras relacionadas en el punto 6.

10. Garante: La emisión cuenta con la garantía no solidaria de la "Empresa Nacional de Autopistas, Sociedad Anónima".

11. Fiscalidad: De acuerdo con la disposición transitoria tercera.2 de la Ley 61/1978 de 27, de diciembre, del Impuesto sobre Sociedades y el artículo 12 de la Ley 8/1972, de 10 de mayo, de Construcción, Conservación y Explotación de Autopistas en Régimen de Concesión, la emisión goza de una bonificación del 95 por 100 sobre las retenciones a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas de forma que los intereses brutos serán objeto de una retención en la fuente del 1,20 por 100 pero los obligacionistas sujetos al impuesto antes citado podrán deducir de las cuotas correspondientes a dicho impuesto el 24 por 100 de los intereses brutos satisfechos con el límite de dichas cuotas.

Los obligacionistas sujetos pasivos del Impuesto sobre Sociedades no soportarán retención a cuenta en el momento de la percepción de los rendimientos y podrán deducir de la cuota correspondiente a dicho impuesto el 22,8 por 100 de los intereses brutos satisfechos con el límite de dicha cuota.

Finalmente, las sociedades de seguros, ahorro y entidades de crédito no se deducirán cantidad alguna.

12. Negociación en mercados secundarios: El emisor se compromete a tener admitidas a cotización las obligaciones de la presente emisión en "AIAF Mercado de Renta Fija, Sociedad Anónima", en la primera fase, un plazo no superior a un mes contado desde la fecha de desembolso de la emisión, y en un plazo máximo de cuatro meses, en la segunda fase, a contar desde esa misma fecha. En caso de que se incumpliera este compromiso, el emisor dará a conocer las causas del mismo mediante la inclusión de un anuncio en el "Boletín Oficial del Registro Mercantil" y en un periódico de difusión nacional.

13. Lugar de pago: El servicio financiero del empréstito -pago de intereses y amortización- se atenderá a través de Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Madrid.

14. Prorrateo: Si las solicitudes de suscripción realizadas hasta el momento del cierre del periodo de suscripción fueran superiores a los valores de la emisión se procederá a efectuar, de modo conjunto para todas las solicitudes de suscripción, un prorrateo, para ajustar las peticiones al importe de la emisión, de la forma siguiente: a) Las solicitudes de suscripción que no excedan individualmente de 6.000 euros efectivos se atenderán íntegramente, salvo en el supuesto a que se hace referencia en el apartado d) siguiente.

b) Las solicitudes de suscripción que excedan individualmente de 6.000 euros efectivos se considerarán, a efectos de prorrateo, iguales a 6.000 euros efectivos.

c) Si la suma de las solicitudes de suscripción a que hacen referencia los apartados a) y b) anteriores no cubriese el total de la emisión, la diferencia se prorrateará proporcionalmente entre los importes iniciales de las solicitudes de suscripción a que se hace referencia en el apartado b), (descontando los primeros 6.000 euros ya asignados), adjudicándoles los importes que resulten, además de los primeros 6.000 euros efectivos.

d) Si la suma de las solicitudes de suscripción a que hacen referencia los apartados a) y b) excediese del total de la emisión, expresado en euros se dividirá éste por dicha suma y el porcentaje que resulte se aplicará a cada una de las solicitudes de suscripción formuladas, excepto a las superiores a 6.000 euros, que habrán sido reducidas a 6.000 euros efectivos.

En cualquier caso, siempre se adjudicarán importes nominales múltiplos del importe de una obligación (500 euros) y como mínimo una obligación por petición individual, practicándose el redondeo por defecto. Si esto no fuera posible, las obligaciones se adjudicarán mediante sorteo realizado ante Notario.

El prorrateo o sorteo, en su caso, se realizará dentro de los tres días hábiles siguientes al cierre de la emisión, de forma pública y en la oficina administrativa principal del emisor, efectuándose la publicidad correspondiente de tal circunstancia en dos diarios de difusión nacional, con una antelación de, al menos, un día hábil a la fecha del prorrateo.

La información precisa sobre solicitudes de suscripción para poder determinar el resultado del prorrateo será facilitada por las entidades aseguradoras y colocadoras a Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Madrid.

El resultado del prorrateo, si lo hubiese, será comunicado a la Comisión Nacional del Mercado de Valores como hecho relevante y, además, será expuesto al suscriptor para su conocimiento en las oficinas de las entidades aseguradoras y colocadoras, en el plazo de dos días hábiles posteriores a la fecha de prorrateo y efectuándose la liquidación definitiva resultante del mismo con valor fecha de desembolso.

Las obligaciones que eventualmente no quedaran adjudicadas en el período de suscripción, después de aplicar las reglas anteriores, serán suscritas por las entidades aseguradoras y colocadoras de la emisión, hasta el importe total asegurado, en función de sus respectivos compromisos.

15. Sindicato de obligacionistas: Los tenedores de las obligaciones que se emitan formarán parte necesariamente del sindicato de obligacionistas, a cuyo efecto se designa como Comisario con carácter provisional a don Jorge Trías Sagnier NIF 46.306.832-N, teniendo para las relaciones entre la sociedad y el sindicato como regla fundamental los preceptos contenidos en el vigente texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas del Real Decreto Legislativo 1564/1989, de 22 de diciembre.

Se creará un sindicato de obligacionistas de la emisión "AUDASA, Emisión Mayo 2001" constituido entre los adquirentes de las obligaciones. Le corresponde frente a la sociedad emisora la representación y defensa de los intereses de los obligacionistas y está facultado para modificar las condiciones del préstamo. Los órganos del sindicato serán la Asamblea general de obligacionistas y el Comisario que se regirán por lo previsto en el texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas del Real Decreto Legislativo 1564/1989, de 22 de diciembre.

Cada obligación atribuye un voto a su tenedor y no puede estar representada más que por una sola persona. Cuando varias personas tengan derecho sobre la misma obligación, deberán hacerse representar por una sola de ellas en sus relaciones con la compañía. Los derechos de los obligacionistas en el sindicato pueden ejercitarse por sí o mediante representación legal voluntaria.

16. Entidades directoras: Las entidades directoras de la emisión son las siguientes: Banco Bilbao Vizcaya Argentaria.

"Banco Urquijo, Sociedad Anónima".

Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Madrid.

"Invercaixa, SVB, Sociedad Anónima".

"Bankinter, Sociedad Anónima".

17. Calificación (rating): Moody's Investors Service ha calificado a esta emisión con un rating Aa2 (doble Aa2) y Standard and Poor's ha otorgado un rating AA+.

18. Folleto informativo: Puede obtenerse gratuitamente en el domicilio social del emisor, en su oficina administrativa principal, en el domicilio social del garante y en el domicilio de las entidades aseguradoras y colocadoras.

Madrid, 27 de abril de 2001.-El Director financiero.-19.952.

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