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Documento BORME-C-2001-72081

INDUSTRIAS GRAFICER, S. L. (Sociedad escindida) GRAFICER RECURSOS INMOBILIARIOS, S. L. (Sociedad beneficiaria de la escisión) INDUSTRIAS GRAFICER, S. L. (Sociedad beneficiaria de la escisión)

Publicado en:
«BORME» núm. 72, páginas 8938 a 8938 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2001-72081

TEXTO

Anuncio de escisión En cumplimiento de lo preceptuado en el artículo 94 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada y el artículo 242 de la vigente Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que la Junta general extraordinaria de socios y universal de la sociedad "Industrias Graficer, Sociedad Limitada", celebrada en el domicilio social, el día 3 de abril de 2001, acordó, por unanimidad, la escisión total de la sociedad, que se disuelve y extingue sin liquidación, dividiendo su patrimonio en dos partes y traspasándolo con todos sus derechos y obligaciones a las sociedades de nueva constitución denominadas "Graficer Recursos Inmobiliarios, Sociedad Limitada" e "Industrias Graficer, Sociedad Limitada".

La escisión se acordó con expresa aprobación del contenido del proyecto de escisión redactado y suscrito por el Administrador único de la sociedad escindida, en fecha 26 de marzo de 2001, depositado en el Registro Mercantil de Madrid el día 29 de marzo de 2001, habiendo quedado aprobado como Balance de Escisión, el cerrado el día 31 de diciembre de 2000. El procedimiento, atribución de participaciones sociales, efectos contables de la escisión con expresión de su fecha y demás datos de la misma, obran por extenso en el mentado proyecto de escisión de fecha 26 de marzo de 2001.

Se hace constar, de modo expreso, el derecho que asiste a los trabajadores, socios y acreedores de la sociedad "Industrias Graficer, Sociedad Limitada" a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y el Balance de escisión aprobado. Del propio modo, los acreedores podrán oponerse a la escisión total, en los términos señalados en el artículo 243 y demás que fueren procedentes de la Ley de Sociedades Anónimas, en el plazo de un mes, contado a partir de la fecha de publicación del último anuncio de escisión.

Madrid, 4 de abril de 2001.-El Administrador único.-15.651. 1.a 11-4-2001.

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