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Documento BORME-C-2001-53020

FOMENTO DE SERVICIOS, S. L. (Sociedad escindida) ISLEÑA DE RECURSOS, S. L. ROSSEAN 2, S. L. INVERSIONES MADRID CARS 2000, SOCIEDAD LIMITADA INVERSIONS INMOBILIARIS BLAU, SOCIEDAD LIMITADA (Sociedades beneficiarias)

Publicado en:
«BORME» núm. 53, páginas 6435 a 6435 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2001-53020

TEXTO

Anuncio de escisión total De conformidad con lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas (TRLSA) por remisión expresa de los artículos 94 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada (LSRL) y 254 del propio (TRLSA), se hace público que la Junta general de socios de la sociedad "Fomento de Servicios, Sociedad Limitada" (sociedad escindida) y de las entidades "Isleña de Recursos, Sociedad Limitada", "Rossean 2, Sociedad Limitada", "Inversiones Madrid Cars 2000, Sociedad Limitada" e "Inversions Inmobiliaris Blau, Sociedad Limitada" (sociedades beneficiarias), celebradas con carácter universal en fecha 26 de febrero de 2001, adoptaron por unanimidad el acuerdo de escisión de "Fomento de Servicios, Sociedad Limitada" (sociedad escindida) con división total de su patrimonio en cuatro partes, cada una de las cuales se transmite en bloque, respectivamente, a las sociedades "Isleña de Recursos, Sociedad Limitada", "Rossean 2, Sociedad Limitada", "Inversiones Madrid Cars 2000, Sociedad Limitada" e "Inversions Inmobiliaris Blau, Sociedad Limitada" (sociedades beneficiarias), que se subrogarán en todos los derechos y obligaciones de aquélla, todo ello en los términos del proyecto de escisión total formulado por los respectivos órganos de administración de las entidades "Fomento de Servicios, Sociedad Limitada", "Isleña de Recursos, Sociedad Limitada", "Rossean 2, Sociedad Limitada", "Inversiones Madrid Cars 2000, Sociedad Limitada" e "Inversions Inmobiliaris Blau, Sociedad Limitada" en fecha 23 de octubre de 2000 y depositado en el Registro Mercantil de Mallorca y el Registro Mercantil de Madrid.

De conformidad con lo establecido en los artículos 242, 254 y concordantes de la Ley de Sociedades Anónimas, por remisión expresa del artículo 94 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada (LSRL), se hace constar expresamente el derecho de los socios y acreedores de las sociedades intervinientes en la escisión total a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados, así como los respectivos Balances de escisión. Del mismo modo, se deja pública constancia del derecho de los acreedores a oponerse a la escisión en los términos y con los efectos legalmente previstos, en el plazo de un mes a contar desde la fecha del tercer y último anuncio de los acuerdos de escisión, de conformidad con lo previsto en el artículo 243.2 de la Ley de Sociedades Anónimas.

Palma de Mallorca, 27 de febrero de 2001.-Los respectivos órganos de administración de las entidades "Fomento de Servicios, Sociedad Limitada", "Isleña de Recursos, Sociedad Limitada", "Rossean 2, Sociedad Limitada", "Inversiones Madrid Cars 2000, Sociedad Limitada" e "Inversions Inmobiliaris Blau, Sociedad Limitada".-11.415.

2.a 15-3-2001.

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