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Documento BORME-C-2001-43015

CARAMELOS PICTOLÍN, S. A. Unipersonal

Publicado en:
«BORME» núm. 43, páginas 5275 a 5275 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2001-43015

TEXTO

Decisión de socio único: En cumplimiento del artículo 165 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que el socio único, ejerciendo las competencias de la Junta general de accionistas, adoptó, el 28 de febrero de 2000, la siguiente decisión: Siendo así que el patrimonio o Haber social es inferior a los dos tercios del capital social, ascendente éste a 117.672.000 pesetas, y que tal situación se daba también al cierre del ejercicio de 1998, resulta obligado proceder a la reducción de capital por pérdidas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 163 de la Ley de Sociedades Anónimas.

En consecuencia, el socio único decide reducir el capital social en 52.599.384 pesetas, a fin de restablecer, en su práctica totalidad, el equilibrio entre el capital y el patrimonio de la sociedad, disminuido por consecuencia de pérdidas. La reducción se realiza mediante la disminución en 447 pesetas el valor nominal de cada una de las 117.672 acciones en que se descompone dicho capital social, de modo que la reducción que en este acto decide el socio único el valor nominal de cada una de tales acciones queda fijado en 553 pesetas y el capital social queda fijado en 65.072.616 pesetas.

Habida cuenta la finalidad de la reducción de capital y que no se han emitido los títulos representativos de las acciones ni resguardos provisionales de los mismos, no procede, por innecesario, fijar plazo alguno para la ejecución del acuerdo de reducción, por éste se entiende ejecutado de forma inmediata.

Tras la reducción y la remodelación en euros del capital social, con ajuste del nominal de las acciones y subsiguiente reducción por redondeo, con creación de reserva indisponible, como consecuencia de decisión del socio único adoptada también el 28 de febrero de 2000, el artículo 8 de los Estatutos sociales queda redactado del modo siguiente: "Artículo 8. Capital.-El capital social es de trescientos noventa mil seiscientos setenta y un euros y cuatro céntimos de euro (390.671,04). Está dividido en 117.672 acciones de tres euros y treinta y dos céntimos de euro (3,32) de valor nominal cada una, numeradas correlativamente a partir de la unidad.

Las acciones son nominativas; están representadas por títulos y se prevé la emisión de títulos múltiples.

Todas y cada una de las acciones y, consecuentemente, el capital social están íntegramente suscritas y totalmente desembolsadas." Alicante, 3 de marzo de 2000.-El Secretario del Consejo de Administración.-8.983.

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