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Documento BORME-C-2001-246004

CAPE BALEAR, S. L., BALEAR DE APARTAMENTOS, S. L. y BALEAR DE EXPLOTACIONES, S. L.

Publicado en:
«BORME» núm. 246, páginas 33094 a 33094 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2001-246004

TEXTO

Anuncio de escisión parcial En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 94 de la LSRL, en relación al artículo 242 de la LSA y disposiciones concordantes, se hace público que: Las Juntas generales de socios de "Cape Balear, Sociedad Limitada"; "Balear de Apartamentos, Sociedad Limitada" y "Balear de Explotación, Sociedad Limitada", celebradas con carácter de extraordinarias y universales en sus domicilios sociales el pasado día 7 de diciembre de 2001, aprobaron la escisión parcial de la entidad "Cape Balear, Sociedad Limitada", mediante la segregación de ésta sin extinguirse de dos partes de su patrimonio social y su traspaso en bloque a las sociedades preexistentes "Balear de Apartamentos, Sociedad Limitada", y "Balear de Explotaciones, Sociedad Limitada", respectivamente. Dicha escisión parcial se aprobó de acuerdo con las menciones recogidas en el proyecto de escisión redactado y suscrito por los órganos de administración de las citadas entidades y que fue depositado en el Registro Mercantil de Mallorca, con fecha 3 de diciembre de 2001. Se aprobó como Balance de escisión el de 30 de septiembre de 2001.

Como consecuencia de la operación de escisión parcial, las sociedades beneficiarias preexistentes aumentan su capital social de la siguiente forma: "Balear de Apartamentos, Sociedad Limitada", en la cifra de 216.360 euros y "Balear de Explotaciones, Sociedad Limitada", en la cifra de 227.060 euros.

La sociedad escindida "Cape Balear, Sociedad Limitada", reducirá su capital social mediante la amortización de 5.848 participaciones, por un importe nominal de 351.464,80 euros. Además reducirá las reservas legales y voluntarias en la diferencia entre el patrimonio neto total escindido y la cuantía de la reducción de capital anterior, es decir, 91.965,49 euros.

La fecha a partir de la cual las operaciones de la sociedad que se escinde habrán de considerarse realizadas, a efectos contables y fiscales, por cuenta de las sociedades beneficiarias, será la de 1 de enero de 2002.

Desde la misma fecha los socios de "Cape Balear, Sociedad Limitada", tendrán derecho a participar en los resultados de las sociedades beneficiarias de acuerdo con lo establecido en el proyecto de escisión.

Se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la escisión de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del Balance de escisión, así como el derecho de los acreedores de la sociedad que se escinde a oponerse a la escisión en los términos establecidos en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas, durante el plazo de un mes a contar desde la publicación del último anuncio de escisión.

Cala Ratjada, 11 de diciembre de 2001.-Los Administradores.-62.425. 1.a 26-12-2001.

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