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Documento BORME-C-2001-216026

CONSTRUCCIONES MUNSIDE, S. L. (Sociedad absorbente) KEOPS AUTOMOCIÓN, S. A. (Sociedad absorbida)

Publicado en:
«BORME» núm. 216, páginas 28707 a 28707 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2001-216026

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que en las Juntas generales extraordinarias y universales de "Construcciones Munside, Sociedad Limitada" y "Keops Automoción, Sociedad Anónima", celebradas todas ellas el 31 de octubre de 2001, se acordó por unanimidad la fusión de dichas entidades, mediante la absorción por "Construcciones Munside, Sociedad Limitada" de "Keops Automoción, Sociedad Anónima", quedando esta última disuelta sin liquidación y extinguida, con entera transmisión de su patrimonio a la sociedad absorbente, incorporando en bloque a título de sucesión universal todos los elementos integrantes del Activo y Pasivo, y subrogándose "Construcciones Munside, Sociedad Limitada" en todos los derechos y obligaciones correspondientes a la sociedad absorbida.

La fusión se acordó en los términos establecidos en el proyecto de fusión depositado en el Registro Mercantil de Barcelona, tomándose como Balance de fusión el cerrado con fecha 30 de septiembre de 2001.

Al ser la sociedad absorbente titular de todas las participaciones de la sociedad absorbida, no se ha procedido a adoptar ningún acuerdo de ampliación de capital, ni emisión ni canje de acciones, ni compensaciones en metálico, tampoco es necesario el informe de expertos independientes, ni el informe de los Administradores.

Se aprobó que la fecha en que las operaciones de la sociedad absorbida se consideran realizadas a efectos contables por cuenta de "Construcciones Munside, Sociedad Limitada" es el 1 de octubre de 2001. La fusión no otorga ventajas de ninguna clase a los órganos de administración de las sociedades que se fusionan.

Se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la fusión a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y el Balance de fusión, así como el derecho de los acreedores de las sociedades que se fusionan a oponerse a la fusión, en los términos establecidos en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas, durante el plazo de un mes, contado a partir de la publicación del último anuncio de fusión.

Barcelona, 31 de octubre de 2001.-Carlos Muñoz Folch, en su calidad de Administrador único de "Construcciones Munside, Sociedad Limitada" y de "Keops Automoción, Sociedad Anónima".-54.104. y 3.a 12-11-2001.

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