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Documento BORME-C-2001-213037

GALERÍAS PRINCIPADO, S. A. (Sociedad absorbente) PRINCIPADO GARCÍA MONJE, S. L. (Sociedad absorbida) EXPLOTACIÓN DE JUEGOS, S. A. (Sociedad absorbida)

Publicado en:
«BORME» núm. 213, páginas 28154 a 28154 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2001-213037

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, por remisión también el artículo 94 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada, hace público que la Junta general extraordinaria y universal de accionistas, "Galerías Principado, Sociedad Anónima" y las Juntas generales extraordinarias y universal de socios de "Principado García Monje, Sociedad Limitada" y "Explotación de Juegos, Sociedad Anónima", celebradas todas el 7 de agosto de 2001, aprobaron, por unanimidad, la fusión de dichas mercantiles mediante absorción de "Principado García Monje, Sociedad Limitada" íntegramente participada por "Galerías Principado, Sociedad Anónima" y de "Explotación de Juegos, Sociedad Anónima", con la consiguiente disolución sin liquidación de las dos primeras, todo ello según proyecto de fusión depositado en el Registro Mercantil de Oviedo, y los Balances de fusión de las tres sociedades cerrados a 30 de junio de 2001.

Asimismo la citada Junta general extraordinaria y universal de "Galerías Principado, Sociedad Anónima", adoptó el acuerdo de cambio del órgano de administración de dos Administradores solidarios a la formación de Consejo de Administración, en los términos previstos en los artículos 136 y 137 de la Ley de Sociedades Anónimas.

En virtud de la modificación introducida en el artículo 110.1 y 2 de la Ley 43/1995, y 14/2000, se hace constar que el mencionado proyecto de fusión opta por el establecido en el capítulo VIII, título VIII de la Ley 43/1995, régimen especial de fusión, escisión, aportaciones de activos, y canje de valores, para cumplir sus condiciones.

Se hace constar, expresamente, el derecho de los accionistas y acreedores de las sociedades intervinientes en el proyecto de fusión, a obtener el texto de los acuerdos adoptados y los Balances de fusión, así como el derecho de los acreedores de todas las sociedades a oponerse a la fusión en los términos previstos en los artículos 166 y 243 de la Ley de Sociedades Anónimas.

Oviedo, 25 de octubre de 2001.-"Galerías Principado, Sociedad Anónima", "Principado García Monje, Sociedad Limitada" y "Explotación de Juegos, Sociedad Anónima", María José Gontán González, José García Monje.-53.768.

y 2.a 6-11-2001.

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