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Documento BORME-C-2001-194006

AURENTIA, SOCIEDAD ANÓNIMA

Publicado en:
«BORME» núm. 194, páginas 24774 a 24774 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2001-194006

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley de Sociedades Anónimas y demás normativa aplicable, se hace constar que en la Junta general ordinaria de accionistas, celebrada el 28 de junio de 2001, en segunda convocatoria, se adoptaron, entre otros, los siguientes acuerdos según consta en acta aprobada al final de la sesión: Primero.-Reducir el capital social de la entidad a cero pesetas/euros, con la finalidad de restablecer el equilibrio entre capital y patrimonio disminuido por pérdidas.

La reducción se efectúa mediante el procedimiento de amortizar todas las acciones de la entidad.

Segundo.-Aumentar el capital social de la entidad en la cifra de cuatrocientos ochenta mil (480.000) euros, mediante la emisión y puesta en circulación de cuatrocientas ochenta mil (480.000) nuevas acciones nominativas, de igual valor nominal y contenido de derechos, y numeradas correlativamente del 1 al 480.000, ambos inclusive, bajo la denominación "Serie N".

Las nuevas acciones se emiten por su valor nominal y deberán ser íntegramente desembolsadas en el momento de la suscripción mediante aportaciones dinerarias.

Tercero.-Reconocer a los socios el derecho a suscribir un número de las nuevas acciones proporcional al valor nominal de las que poseen. El ejercicio de este derecho se ajustará a las siguientes normas: Plazo: Se abre el plazo que finaliza el 30 de julio de 2001, para suscribir las nuevas acciones.

En ese momento, los socios deberán desembolsar el 100 por 100 del valor nominal.

Acciones no suscritas: Si vencido el plazo no se hubiera desembolsado y suscrito la totalidad de la ampliación, el Consejo de Administración podrá ofrecer, dentro del plazo que finaliza el 30 de agosto de 2001, las acciones no suscritas a accionistas interesados, que podrán suscribirlas en los mismos términos y condiciones de la presente emisión de acciones.

Cuarto.-Facultar expresamente al Consejo de Administración, para que, en caso de suscripción incompleta, el capital quede efectivamente ampliado en la cuantía de las suscripciones efectuadas.

Madrid, 4 de septiembre de 2001.-El Secretario del Consejo de Administración.-49.084.

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