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Documento BORME-C-2001-192067

SONYTEL SEVILLA, SOCIEDAD ANÓNIMA

Publicado en:
«BORME» núm. 192, páginas 24589 a 24589 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2001-192067

TEXTO

En cumplimiento de lo establecido en el artículo 158 de la vigente Ley de Sociedades Anónimas, se pone en conocimiento de los señores accionistas, que la Junta general ordinaria y extraordinaria de la sociedad celebrada el 20 de julio de 2001, en primera convocatoria, acordó ampliar el capital social en las siguientes condiciones: a) Importe nominal de la ampliación: 120.000 euros.

b) Acciones a suscribir: 40 acciones, al portador, de la clase "B", por un valor nominal de 3.000 euros cada una, numeradas correlativamente del 1 al 40, ambos inclusive.

c) Tipo de emisión: Las acciones se emiten a la par, es decir, por el valor nominal de cada acción.

d) Derecho preferente: Se concede a los actuales accionistas el plazo de un mes, desde el momento de su publicación en el "Boletín Oficial del Registro Mercantil" para ejercitar el derecho de suscripción preferente, en proporción al valor nominal de las acciones que posea, por imperativo legal, sin perjuicio de hacer uso de tal derecho en el plazo de dos meses, contados a partir de la fecha de la celebración de la Junta para los socios presente o representados en ella y, desde la notificación del acta de la misma, para los socios ausentes a la Asamblea, si estos vencimientos fueren posteriores. Las acciones no suscritas en los plazos mencionados se ofrecerán por el Consejo, exclusivamente, a los socios que hayan suscrito y desembolsado la parte de las acciones que le hubiera correspondido, los cuales en otro período de un mes podrán adquirir las acciones sobrantes, no suscritas, en proporción a las que posean en ese momento, si las desearan varios socios. Transcurrido este término, si aún existieran acciones disponibles, éstas quedarán a disposición del Consejo de Administración, que podrá ofrecerlas para su suscripción a las personas físicas o jurídicas que crea conveniente, por otro período de un mes.

Llegada esta última fecha, en caso de que queden acciones por suscribir, el aumento del capital quedará limitado a la cuantía de la suscripción efectuada, de acuerdo con lo previsto en el artículo 161.1 del citado texto legal.

e) Derechos políticos-económicos: Las nuevas acciones gozarán de los mismos derechos políticos y económicos que las actualmente en vigor y participarán de los mismos beneficios sociales.

f) Suscripción: En el domicilio social, sito en Sevilla, calle Adriano, número 38, o en las oficinas de "Sonytel Central, Sociedad Anónima", en Madrid, calle Clara del Rey, número 24, de Madrid, mediante abono de su importe en metálico o por cheque conformado, o bien, acreditando haber ingresado, en cualquiera de las cuentas bancarias de la sociedad, la cuantía del valor nominal de las acciones a suscribir.

Sevilla, 3 de septiembre de 2001.-El Secretario del Consejo de Administración, Gerardo Sánchez Zarza.-48.814.

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