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Documento BORME-C-2001-155095

QUAVITAE, S. A. (Sociedad absorbente) CENTRO RESIDENCIAL TOLEDO, S. L. Sociedad unipersonal (Sociedad absorbida) FELIZ EDAD, S. A. Sociedad unipersonal (Sociedad absorbida)

Publicado en:
«BORME» núm. 155, páginas 19844 a 19844 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2001-155095

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas y disposiciones concordantes, se hace público que las Juntas ordinarias universales de las sociedades relacionadas en el título de este anuncio, en sesiones celebradas el día 28 de junio de 2001, aprobaron por unanimidad la fusión de todas ellas sobre la base de los Balances cerrados a 31 de diciembre de 2000, también aprobados por las Juntas, mediante absorción por "Quavitae, Sociedad Anónima", de "Feliz Edad, Sociedad Anónima", sociedad unipersonal, y "Centro Residencial Toledo, Sociedad Limitada", sociedad unipersonal, inscritas en el Registro Mercantil de Madrid las dos primeras y en el Registro Mercantil de Toledo la última, de conformidad con el proyecto de fusión suscrito por los Administradores de las sociedades, depositado en esos Registros y publicado en el "Boletín Oficial del Registro Mercantil" de 8 de mayo de 2000 y de 9 de julio de 2001, el cual también fue aprobado por unanimidad por las respectivas Juntas.

No procede ampliar el capital social de la sociedad absorbente "Quavitae, Sociedad Anónima", ni emitir ni canjear acciones o participaciones al ser propietaria la sociedad absorbente de la totalidad de las acciones y participaciones de las sociedades absorbidas "Centro Residencial Toledo, Sociedad Limitada", sociedad unipersonal, y "Feliz Edad, Sociedad Anónima", sociedad unipersonal. No se modifica el objeto social de la sociedad absorbente, ni se acuerda variación de sus Administradores.

Como consecuencia de la fusión se producirá la extinción sin liquidación de las sociedades absorbidas y la transmisión en bloque de sus patrimonios sociales a la sociedad absorbente, que adquiere por sucesión universal los derechos y obligaciones de aquéllas.

Se hace constar, expresamente, el derecho que asiste a los accionistas partícipes y acreedores de las sociedades, de obtener el texto íntegro de los acuerdos de fusión adoptados y de los Balances de fusión, los cuales se encuentran a su disposición en el domicilio social de las sociedades.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 243 de la Ley de Sociedades Anónimas, los acreedores de cada una de las sociedades que se fusionan podrán ejercitar su derecho de oposición en los términos establecidos en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas y en el plazo de un mes, contado desde la publicación del tercer y último anuncio de fusión.

Madrid, 10 de julio de 2001.-María Rosario Arias Allende, Secretaria del Consejo de Administración de "Quavitae, Sociedad Anónima"; Alfonso de Pedro, Administrador único de "Feliz Edad, Sociedad Anónima", sociedad unipersonal, y "Centro Residencial Toledo, Sociedad Limitada", sociedad unipersonal.-43.196. 1.a 13-8-2001.

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