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Documento BORME-C-2001-155062

LEVANTE CLUB, S. L.

Publicado en:
«BORME» núm. 155, páginas 19838 a 19838 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2001-155062

TEXTO

Anuncio de fusión por absorción En cumplimiento del artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que en Junta universal de las sociedades "Levante Club, Sociedad Limitada" (sociedad absorbente), así como "Levante Lux, Sociedad Limitada", y "Benibeach, Sociedad Limitada" (sociedades absorbidas), de fecha 1 de marzo de 2001, se acordó la fusión de las mercantiles antes mencionadas, mediante la incorporación de los patrimonios de las sociedades absorbidas en la sociedad absorbente ya existente, tal como se ha descrito en el proyecto y acuerdo. Todo ello según Balances de fusión de 31 de octubre de 2000. La sociedad absorbente ampliará su capital en 170.000 pesetas materializado en 17 participaciones sociales de 10.000 pesetas nominales cada una, que se repartirán entre los socios de las sociedades absorbidas a razón de 0,361948 participaciones nuevas por cada una antigua de "Levante Luz, Sociedad Limitada", y 0,191426 participaciones nuevas por cada una antigua de "Benibeach, Sociedad Limitada", más una compensación total en dinero de 1.993 pesetas por ajuste de tipo de canje.

La titularidad de las participaciones sociales emitidas por la sociedad absorbente se adquirirá en el momento en que se eleve a público el acuerdo de fusión, siendo a partir de ese momento cuando las nuevas participaciones darán derecho a participar en los resultados de la sociedad absorbente.

Igualmente, las operaciones de las sociedades que se extinguen deberán ser contabilizadas por la sociedad absorbente desde el momento en que se eleve a público el acuerdo de fusión.

En la fusión no se otorga ninguno de los derechos especiales ni de las ventajas a que se hace referencia en las letras e) y f) del artículo 235 de la Ley de Sociedades Anónimas.

Se hace constar a los efectos oportunos el derecho que asiste a los socios y acreedores de obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y del Balance de fusión, así como del derecho de los acreedores de las sociedades fusionadas a oponerse a la fusión en el plazo de un mes, contado desde la fecha de publicación del último anuncio del presente acuerdo, en los términos previstos en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas.

Benidorm, 12 de julio de 2001.-El Administrador único de "Levante Club, Sociedad Limitada", Administrador único de "Levante Lux, Sociedad Limitada", y Administrador único de "Benibeach, Sociedad Limitada", Francisco Devesa Llorca.-42.932. 1.a 13-8-2001.

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