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Documento BORME-C-2001-151010

BANCO SIMEÓN, SOCIEDAD ANÓNIMA

Publicado en:
«BORME» núm. 151, páginas 19416 a 19416 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2001-151010

TEXTO

Aumento de capital social La Junta general extraordinaria de la sociedad, celebrada en Vigo el día 24 de julio de 2001, con la asistencia del 99,56 por 100 del capital social, ha acordado, por unanimidad, aumentar el capital social en la cifra de seis millones cuatrocientos treinta y ocho euros y nueve céntimos de euro (6.000.438,09 euros), mediante la emisión y puesta en circulación de 998.409 acciones nominativas de 6,01 euros de valor nominal cada una de ellas, numeradas correlativamente del 5.431.347 al 6.429.755, ambos inclusive.

Las acciones emitidas como consecuencia de la ampliación de capital acordada, serán emitidas a la par, libre de gastos para el accionista, y su importe nominal se desembolsará totalmente en el momento de la suscripción, mediante aportaciones dinerarias.

Las nuevas acciones participarán de los beneficios sociales obtenidos a partir de 1 de agosto de 2001.

Se concede un derecho de suscripción preferente a favor de los actuales accionistas sobre las nuevas acciones que se emitan, en proporción de 25 acciones nuevas por cada 136 antiguas de las que sean titulares. Dicho derecho de suscripción preferente podrá ejercitarse dentro del mes siguiente a la publicación del correspondiente anuncio de la ampliación de capital en el "Boletín Oficial del Registro Mercantil".

Transcurrido dicho plazo, las acciones que no hayan sido suscritas se ofrecerán por el Consejo de Administración a los restantes accionistas suscriptores de la ampliación, concediéndoles un nuevo plazo de diez días desde la conclusión del plazo anterior para que suscriban las acciones sobre las que no se haya ejercitado el derecho de suscripción preferente en el plazo primeramente concedido al efecto. De existir peticiones de suscripción superiores al número de acciones pendiente de suscripción, se procederá a prorratear dichas peticiones en proporción a las acciones suscritas por cada uno de los peticionarios en el primer período de suscripción preferente. Caso de suscripción incompleta de las nuevas acciones emitidas, el capital se aumentará en la cuantía de las suscripciones efectuadas.

Lo que se hace público a los efectos legales oportunos.

Vigo, 27 de julio de 2001.-El Consejo de Administración.-42.063.

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