Está Vd. en

Documento BORME-C-2001-137059

LEGRAND ESPAÑOLA, SOCIEDAD ANÓNIMA Sociedad unipersonal (Sociedad absorbente) INVERSIONES IGOR, SOCIEDAD LIMITADA Sociedad unipersonal TEGUI ELECTRÓNICA, SOCIEDAD ANÓNIMA Sociedad unipersonal (Sociedades absorbidas)

Publicado en:
«BORME» núm. 137, páginas 17958 a 17958 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2001-137059

TEXTO

Anuncio de fusión En cumplimiento de los artículos 242 y 243 de la Ley de Sociedades Anónimas, se anuncia que las Juntas generales de "Legrand Española, Sociedad Anónima", sociedad unipersonal; "Inversiones Igor, Sociedad Limitada", sociedad unipersonal, y "Tegui Electrónica, Sociedad Anónima", sociedad unipersonal, celebradas el 29 de junio de 2001, acordaron la fusión de las tres entidades mediante la absorción de las dos últimas por la primera, conforme al proyecto de fusión depositado en los Registros Mercantiles de Madrid y Navarra, con fechas 18 y 22 de junio de 2001, respectivamente, con extinción de la absorbida y traspaso en bloque de todo su patrimonio a la absorbente, que adquirirá por sucesión universal todos sus derechos y obligaciones, sin aumento de capital en la absorbente por ser ésta titular de todo el capital de la absorbida "Inversiones Igor, Sociedad Limitada", sociedad unipersonal, y ésta, a su vez, titular de todo el capital social de la también absorbida "Tegui Electrónica, Sociedad Anónima", sociedad unipersonal, y ello de conformidad con los Balances de fusión de las tres sociedades cerrados al 31 de diciembre de 2000.

Las operaciones de las absorbidas se considerarán realizadas a efectos contables por cuenta de la absorbente a partir del 1 de enero de 2001. La fusión se acoge al régimen especial previsto en el título VIII, capítulo VIII, artículos 97 y siguientes de la Ley 43/1995, de 27 de diciembre, del Impuesto sobre Sociedades.

Se hace constar el derecho que asiste a los accionistas, socios y acreedores de la sociedades indicadas de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de fusión, así como el derecho de los acreedores de dichas sociedades de oponerse a la fusión, en el plazo de un mes, a contar desde el último anuncio, en los términos previstos en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas.

Torrejón de Ardoz (Madrid) y en Pamplona (Navarra), 9 de julio de 2001.-El Secretario de los Consejos de Administración.-38.674.

2.a 18-7-2001.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid