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Documento BORME-C-2001-135074

MUEBLES TAPIZADOS GRAN FORT, S. A. Sociedad unipersonal (Sociedad absorbente) DOS VEINTIUNO, S. L. (Sociedad absorbente y absorbida) TAPIZADOS DE ENCARGO,S. L. Sociedad unipersonal (Sociedad absorbida)

Publicado en:
«BORME» núm. 135, páginas 17730 a 17730 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2001-135074

TEXTO

Anuncio de fusión En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas (L.S.A.) y disposiciones concordantes, se hace público para general conocimiento que las sociedades "Muebles Tapizados Gran Fort, Sociedad Anónima", "Dos Veintiuno, Sociedad Limitada" y "Tapizados de Encargo, Sociedad Limitada" el día 30 de junio de 2001, aprobaron la fusión de estas sociedades, en virtud de la cual "Muebles Tapizados Gran Fort, Sociedad Anónima" absorbe a "Dos Veintiuno, Sociedad Limitada" previa absorción por ésta última de "Tapizados de Encargo, Sociedad Limitada".

Dicha fusión se aprobó con las menciones recogidas en el proyecto de fusión redactado y suscrito por los administradores de las tres sociedades, que fue depositado en el Registro Mercantil de Murcia.

Asimismo, se aprobó como balance de fusión, en todos los casos, el cerrado al 31 de diciembre de 2000.

En particular, respecto a la absorción de "Tapizados de Encargo, Sociedad Limitada" por "Dos Veintiuno, Sociedad Limitada" no ha sido necesario realizar aumento de capital alguno en virtud de lo establecido por el artículo 250 Ley Sociedades Anónimas y en cuanto a la absorción de "Dos Veintiuno, Sociedad Limitada" por "Muebles Tapizados Gran Fort, Sociedad Anónima" se ha procedido por parte de ésta última a ampliar su capital social en la cuantía de 4.868,10 euros como consecuencia de la absorción de "Dos Veintiuno, Sociedad Limitada", quedando el capital social tras dicha ampliación en 605.868,10 euros, procediendo "Muebles Tapizados Gran Fort, Sociedad Anónima", simultáneamente, a reducir su capital en el importe de 601.000 euros mediante la amortización de las acciones de la misma que eran titularidad de la sociedad absorbida, "Dos Veintiuno, Sociedad Limitada", quedando el capital social en 4.868,10 euros, y a ampliar su capital social en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 169 Ley Sociedades Anónimas por haber quedado por debajo del mínimo legal, con cargo a reservas en la cuantía de 4.803.131,9 euros, hasta alcanzar la cifra de 4.808.000 euros.

De conformidad con el artículo 242 de la Ley Sociedades Anónimas, se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y del balance de fusión. Según establece el artículo 243 de la Ley Sociedades Anónimas, los acreedores de cada una de las sociedades que se fusionan podrán oponerse a la fusión, y en particular los acreedores de "Muebles Tapizados Gran Fort, Sociedad Anónima" respecto a la reducción de capital referida, en el plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo de fusión, en los términos previstos en el artículo 166 de la citada Ley.

Yecla, 30 de junio de 2001.-El Consejero delegado de "Muebles Tapizados Gran Fort, Sociedad Anónima", "Dos Veintiuno, Sociedad Limitada" y "Tapizados de Encargo, Sociedad Limitada", Agustín Guillamón Fernández-Falcón.-38.802.

1.a 16-7-2001.

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