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Documento BORME-C-2001-117051

IDL INVERDOLSA, SOCIEDAD LIMITADA (Sociedad absorbente) DOLSARENT, SOCIEDAD LIMITADA ALFIVEGA, SOCIEDAD LIMITADA (Sociedades absorbidas)

Publicado en:
«BORME» núm. 117, páginas 15654 a 15654 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2001-117051

TEXTO

Anuncios de fusión En cumplimiento de lo dipuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que las Juntas generales de accionistas de las sociedades "IDL Inverdolsa, Sociedad Limitada", "Dolsarent, Sociedad Limitada" y "Alfivega, Sociedad Limitada", celebradas en sus domicilios sociales con carácter universal y extraordinario el día 31 de mayo de 2001, acordaron por unanimidad aprobar los Balances de fusión de fecha 31 de diciembre de 2001 de las sociedades intervinientes y la fusión propia de "Dolsarent, Sociedad Limitada (sociedad absorbida) por "IDL Inverdolsa, Sociedad Limitada" (sociedad absorbente) y la fusión impropia de "Alfivega, Sociedad Limitada" (sociedad absorbida) por "IDL Inverdolsa, Sociedad Limitada" (sociedad absorbente). "Dolsarent, Sociedad Limitada" y "Alfivega, Sociedad Limitada" se extinguen y disuelven sin liquidación y traspasan en bloque sus patrimonios a "IDL Inverdolsa, Sociedad Limitada", que los adquiere por sucesión universal, todo ello en los términos del proyecto de fusión suscrito por los órganos de administración de las sociedades intervinientes en la fusión, en fecha 18 de mayo de 2001, y depósito en el Registro Mercantil de Madrid con fecha 22 de mayo de 2001. Se hace constar expresamente, de conformidad con el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, el derecho que asiste a los accionistas y acreedores de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión. Asimismo, de conformidad con lo establecido en el artículo 243.2 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace constar el derecho que asiste a los acreedores de las sociedades que se fusionan de oponerse a la fusión en los términos establecidos en el artículo 166 del mismo cuerpo legal. Asimismo, al tratarse de Juntas universales, a partir de la publicación del presente anuncio los socios, obligacionistas y titulares de derechos especiales distintos de las participaciones, así como los representantes de los trabajadores, tienen derecho a examinar, en el domicilio social, los documentos a que se refiere el artículo 238 de la Ley de Sociedades Anónimas.

Madrid, 1 de junio de 2001.-El Secretario del Consejo de Administración de las sociedades "IDL Inverdolsa, Sociedad Limitada" y "Dolsarent, Sociedad Limitada" y el Administrador solidario de la sociedad "Alfivega, Sociedad Limitada".-33.902.

1.a 20-6-2001.

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