En el procedimiento de deducción de haberes que
está siendo tramitado en esta Unidad por falta de
asistencia al trabajo sin justificar desde el día 1
de enero, se ha procedido a darle trámite de
audiencia, establecido en el artículo 84 de la Ley 30/92
de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,
para que alegue lo que a su derecho convenga. Como
quiera que, intentada la notificación en el domicilio
que consta en los archivos de este Ministerio, no
ha sido posible la misma, se le notifica que tiene
a su disposición el expediente en la sede de esta
Subdirección General en Madrid, Paseo de la
Castellana, n.o 135, planta 4.a, para que, en el plazo
de diez días, a contar desde el siguiente a la
publicación de este anuncio, pueda presentar las
alegaciones y la justificación documental oportuna que
motivó su ausencia. En el caso de no obtener
justificación alguna por su parte se iniciarán las
actuaciones pertinentes para la deducción de los haberes
correspondientes, de acuerdo con lo dispuesto en
el artículo 36 de la Ley 31/1991, de 30 de diciembre,
modificado por la Ley 13/1996 de 30 de diciembre
(art. 102.2).
Madrid, 25 de junio de 2003.-Carmen Arroyo
Waldhaus, Subdirectora general de RR.HH. y
Organización.-33.866.
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