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Documento BOE-A-2017-9239

Resolución de 12 de junio de 2017, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe Anual de fiscalización de la Comunidad Autónoma de La Rioja, ejercicio 2014.

Publicado en:
«BOE» núm. 184, de 3 de agosto de 2017, páginas 75600 a 75772 (173 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Cortes Generales
Referencia:
BOE-A-2017-9239

TEXTO ORIGINAL

La Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en su sesión del día 12 de junio de 2017, a la vista del Informe remitido por ese Alto Tribunal acerca del Informe Anual de fiscalización de la Comunidad Autónoma de La Rioja, ejercicio 2014 acuerda:

1. Asumir el contenido del citado Informe, así como sus conclusiones y recomendaciones.

2. Instar a la Comunidad Autónoma de La Rioja a:

– Dotar los servicios necesarios de los Organismos autónomos regionales, de acuerdo con lo previsto en las respectivas disposiciones transitorias de sus Leyes de creación, en orden a ejercer las competencias que dichas normas les atribuyen en materia de presupuestación, contabilidad, tesorería y patrimonio, lo que facilitaría, por un lado, la adecuada transparencia de la información económico-patrimonial de estas entidades y, por otra parte, daría cumplimiento a la obligación de rendición de sus cuentas anuales individuales.

– Reforzar los mecanismos de coordinación existentes entre la Dirección General de Planificación y Presupuestos de la Administración General de la Comunidad y las unidades económicas responsables de las empresas y fundaciones autonómicas que permitan mejorar la planificación de la actividad de estas entidades, de modo que en las Leyes de Presupuestos anuales de la Comunidad se incorporen y cuantifiquen con el suficiente detalle las previsiones de sus presupuestos de explotación y capital y en la Cuenta General se informe sobre la liquidación de los mismos.

– Implantar una aplicación informática que permita la obtención de datos históricos sobre los saldos deudores y acreedores, así como proceder a la elaboración de un manual de procedimientos contables en el que se normara el registro de las operaciones no presupuestarias, en el marco del sistema contable auxiliar que tiene implantado la Administración de la Comunidad.

– Resolver las carencias y debilidades de control interno puestas de manifiesto en la gestión de la tesorería mediante una evaluación y revisión de los procedimientos implantados por sus unidades gestoras.

– Efectuar un adecuado seguimiento global de los proyectos contemplados en el Plan Integral de la Mujer aprobado en la Comunidad.

– Efectuar las modificaciones normativas oportunas a efectos de adelantar el plazo de rendición de las cuentas a 30 de junio del ejercicio siguiente al que se refieran, a fin de facilitar el acercamiento en el tiempo del control externo a efectuar por el Tribunal de Cuentas.

– Regular el acceso a las subvenciones mediante orden a la cual puedan optar todos los ayuntamientos en las mismas condiciones.

– Establecer un mecanismo público y transparente que permita controlar la gestión y fijación de objetivos del sistema sanitario, especialmente en lo concerniente a los conciertos, derivación de pacientes y listas de espera.

– Prescindir de «los efectos frontera» como partida de ingreso, pues ofrece una imagen irreal de los ingresos de la Comunidad.

Palacio del Congreso de los Diputados, 12 de junio de 2017.–El Presidente de la Comisión, Eloy Suárez Lamata.–El Secretario Primero de la Comisión, Vicente Ten Oliver.

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ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 12/06/2017
  • Fecha de publicación: 03/08/2017
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • CORRECCIÓN de errores en BOE núm. 210 de 1 de septiembre de 2017 (Ref. BOE-A-2017-10131).

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