La Consejera de Sanidad y Servicios Sociales del Gobierno de Cantabria, el Director General de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, la Secretaria General Gerente del Instituto Social de las Fuerzas Armadas, y la Gerente de la Mutualidad General Judicial, han suscrito, con fecha 30 de diciembre de 2013, un Acuerdo de prórroga y actualización para 2014, del Convenio de colaboración firmado el 23 de junio de 2006, para la prestación, en zonas rurales, de determinados servicios sanitarios a los mutualistas y demás beneficiarios adscritos a entidades de seguro de asistencia sanitaria concertada con dichas mutualidades.
Para general conocimiento, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se dispone la publicación del referido acuerdo de prórroga, como anejo a la presente resolución.
Madrid, 27 de febrero de 2014.–El Subsecretario de la Presidencia, Jaime Pérez Renovales.
Santander/Madrid, a 30 de diciembre de 2013.
REUNIDOS
De una parte, doña María José Sáenz de Buruaga Gómez, Consejera de Sanidad y Servicios Sociales del Gobierno de Cantabria, en representación del Servicio Cántabro de Salud, expresamente facultado para la firma del presente documento por Acuerdo del Consejo de Gobierno de 19 de diciembre de 2013.
De otra, don Gustavo Emiliano Blanco Fernández, Director general de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado (MUFACE), en virtud de las facultades que le confiere la disposición adicional decimotercera de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y de Procedimiento Administrativo Común y actuando en nombre y representación de MUFACE, en uso de las facultades que le confiere el artículo 11.2.k) del Real Decreto 577/1997, de 18 de abril, por el que se establece la estructura de los órganos de gobierno, administración y representación de MUFACE.
Doña María Soledad Álvarez de Miranda Delgado, Secretaría general gerente del Instituto Social de las Fuerzas Armadas (ISFAS), en virtud de las facultades que le confiere la disposición adicional decimotercera de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y de Procedimientos Administrativo Común, y actuando en nombre y representación de ISFAS, en uso de las facultades que le confiere el artículo 18 del Reglamento General de la Seguridad Social de las Fuerzas Armadas, aprobado por Real Decreto 1726/2007, de 21 de diciembre.
y doña Celima Gallego Alonso, Gerente de la Mutualidad General Judicial (MUGEJU), en virtud de las facultades que le confiere la disposición adicional decimotercera de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y de Procedimiento Administrativo Común, y actuando en nombre y representación de MUGEJU, en uso de las facultades que le confiere el artículo 14.3.g) del Real Decreto 1206/2006, de 20 de octubre por el que se regulan la composición y funcionamiento de los órganos de gobierno, administración y representación de MUGEJU.
EXPONEN
Que al amparo de lo previsto en las cláusulas primera, cuarta, sexta, séptima y octava del Convenio de colaboración para el año 2006 entre el Servicio Cántabro de Salud y MUFACE, ISFAS y MUGEJU, para la prestación en zonas rurales de determinados servicios sanitarios a los mutualistas y demás beneficiarios adscritos a entidades de seguro de asistencia sanitaria concertada con dichas Mutualidades y manteniéndose las mismas circunstancias que dieron lugar a su suscripción, todas las partes entienden que debe procederse a su prórroga para 2014, actualizándose los municipios, precios y número de mutualistas a atender.
ACUERDAN
Prorrogar el Convenio de referencia cuyos efectos se extienden desde 1 de enero de 2014 hasta 31 de diciembre de 2014.
Actualizar con efectos de 1 de enero de 2014 y según lo previsto en las cláusulas Séptima y Octava del mencionado Convenio, los Anexos I, II, III y IV del mismo, Anexos que, a partir de dicha fecha, son los que, sellados por todas las partes, figuran unidos a este documento, en cuya portada consta «Anexos I, II, III y IV, para 2014», y que modifican las relaciones de municipios citadas en la cláusula Primera, así como las personas adscritas a cada Mutualidad y Entidad aseguradora y los precios que se indican en la cláusula Cuarta. Dichos precios pasan a ser, para el año 2014, los de 12,11 € por persona y mes que, como titular o beneficiario, esté afiliada a las Mutualidades y resida en los municipios listados en el Anexo I, y de 1,02 € por persona y mes que, como titular o beneficiario, esté afiliada a las Mutualidades y resida en los municipios listados en el Anexo II.
Los firmantes se comprometen a informar cumplidamente a sus representados del Acuerdo alcanzado, para facilitar la aplicación del mismo.
Y en señal de conformidad, firman a continuación el presente documento, extendido por ejemplar septuplicado y a un solo efecto, los representantes del Servicio Cántabro de Salud, y de cada una de las Mutualidades.–La Consejera de Sanidad y Servicios Sociales, María José Sáenz de Buruaga Gómez.–El Director General de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, Gustavo Emiliano Blanco Fernández.–La Secretaria General Gerente del Instituto Social de las Fuerzas Armadas, María Soledad Álvarez de Miranda Delgado.–La Gerente de la Mutualidad General Judicial, Celima Gallego Alonso.
ANEXO I
Listado de municipios
Cantabria
Municipios |
Zona básica de salud |
---|---|
Alfoz de Lloredo. |
Altamira. |
Ampuero. |
Bajo Ason. |
Anievas. |
Besaya. |
Arenas de Iguña. |
Besaya. |
Argonos. |
Gama. |
Arnuero. |
Meruelo. |
Arredondo. |
Alto Ason. |
Barcena de Cicero (Gama). |
Gama. |
Bárcena de Pie de Concha. |
Besaya. |
Bareyo. |
Meruelo. |
Cabezon de Liebana. |
Liebana. |
Cabuérniga (Valle de). |
Saja/Cabuérniga. |
Camaleno. |
Liebana. |
Campoo de Yuso (Costana (La)). |
Campoo. |
Cartes. |
Torrelavega/Cartes. |
Castañeda. |
Pisueña/Cayón. |
Castro-Cillorigo (Tama). |
Liebana. |
Cieza. |
Besaya. |
Colindres. |
|
Comillas. |
San Vicente. |
Corvera de Toranzo. |
Alto Pas. |
Enmedio (Matamorosa). |
Campoo. |
Entrambasaguas. |
Cudeyo. |
Escalante. |
Gama. |
Guriezo (Puente (El)). |
Agúera. |
Hazas de Cesto. |
Gama. |
Hermandad Campoo Suso (Espinilla). |
Campoo. |
Herrerías. |
Nansa. |
Lamasón. |
Nansa. |
Liendo (Hazas). |
Laredo. |
Lierganes. |
Miera. |
Limpias. |
Bajo Ason. |
Luena. |
Alto Pas. |
Marina de Cudeyo. |
Cudeyo. |
Mazcuerras. |
Saja/Cabuérniga. |
Medio Cudeyo. |
Cudeyo. |
Meruelo. |
Meruelo. |
Miengo. |
Polanco. |
Miera. |
Miera. |
Molledo. |
Besaya. |
Noja. |
Meruelo. |
Penagos. |
Pisueña/Cayón. |
Peñarrubia. |
Liebana. |
Pesaguero. |
Liebana. |
Pesquera. |
Campoo. |
Polaciones. |
Nansa. |
Polanco (Iglesia (La)). |
Polanco. |
Potes. |
Liebana. |
Puente Viesgo. |
Bajo Pas. |
Ramales de La Victoria. |
Alto Ason. |
Rasines. |
Alto Asón. |
Reinosa. |
|
Reocin (Pte. S Miguel). |
Altamira. |
Ribamontan al Mar. |
Cudeyo. |
Ribamontan al Monte(Hoz de Anero). |
Cudeyo. |
Riomansa (Puentenansa). |
Nansa. |
Riotuerto. |
Miera. |
Rozas de Valderroyo (Las). |
Campoo. |
Ruente. |
Saja/Cabuérniga. |
Ruesga. |
Alto Asón. |
Ruiloba (Barrio de la Iglesia). |
San Vicente. |
San Felices de Buelna (Rivero). |
Besaya. |
San Miguel de Aguayo. |
Campoo. |
San Pedro del Romeral. |
Alto Pas. |
San Roque de Riomiera. |
Miera. |
San Vicente de La Barquera. |
San Vicente. |
Santa María de Cayón. |
Pisueña/Cayón. |
Santillana del Mar. |
|
Santiurde de Reinosa. |
Campoo. |
Santiurde De Toranzo. |
Alto Pas. |
Saro. |
Pisueña Selaya. |
Selaya. |
Pisueña/Selaya. |
Soba (Veguilla). |
Alto Ason. |
Solorzano. |
Gama. |
Suances. |
Suances. |
Tojos (Los). |
Saja/Cabuérniga. |
Tresviso. |
Liébana. |
Tudanca. |
Nansa. |
Udías. |
Saja/Cabuérniga. |
Val de San Vicente (Pesues). |
San Vicente. |
Valdaliga. |
Saja. |
Valdeolea. |
Los Valles. |
Valdeprado del Rio (Arroyal). |
Los Valles. |
Valderredible (Polientes). |
Los Valles. |
Vega de Liebana. |
Liebana. |
Vega de Pas. |
Alto Pas. |
Villacarriedo. |
Pisueña Selaya. |
Villaescusa. |
Astillero. |
Villafufre. |
Pisueña/Selaya. |
Villaverde de Trucíos. |
Laredo. |
Voto. |
Colindres. |
Provincia: Cantabria
Municipios:
Astillero (El)
Cabezón de La Sal
Corrales de Buelna (Los)
Laredo
Santa Cruz de Bezana
Santoña
(Totalizados a 1 de mayo de 2013), a la comunidad autónoma de Cantabria
(Precio por persona = 12,11 €/mes en 2014)
Entidad |
Personas adscritas |
Importes mensuales |
||||
---|---|---|---|---|---|---|
De MUFACE |
De ISFAS |
De MUGEJU |
Por colectivo de MUFACE |
Por colectivo de ISFAS |
Por colectivo de MUGEJU |
|
SEGURCAIXA ADESLAS |
1.231 |
1.050 |
80 |
14.907,41 € |
12.715,50 € |
968,80 € |
ASISA |
331 |
236 |
37 |
4.008,41 € |
2.857,96 € |
448,07 € |
CASER |
0 |
0 |
4 |
– |
– |
48,44 € |
DKV Seguros |
39 |
0 |
8 |
472,29 € |
– |
96,88 € |
IG. DE SANTANDER |
1.489 |
0 |
0 |
18.031,79 € |
– |
– |
MAPFRE FAMILIAR |
0 |
0 |
6 |
– |
– |
72,66 € |
SANITAS |
13 |
0 |
8 |
157,43 € |
– |
96,88 € |
TOTAL |
3.103 |
1.286 |
143 |
37.577,33 € |
15.573,46 € |
1.731,73 € |
(Totalizados a 1 de mayo de 2013), a la comunidad autónoma de Cantabria
(Precio por persona = 1,02 €/mes en 2014)
Entidad |
Personas adscritas |
Importes mensuales |
||||
---|---|---|---|---|---|---|
De MUFACE |
De ISFAS |
De MUGEJU |
Por colectivo de MUFACE |
Por colectivo de ISFAS |
Por colectivo de MUGEJU |
|
SEGURCAIXA ADESLAS |
785 |
595 |
54 |
800,70 € |
606,90 € |
55,08 € |
ASISA |
204 |
144 |
38 |
208,08 € |
146,88 € |
38,76 € |
CASER |
0 |
0 |
0 |
– |
– |
– |
DKV Seguros |
18 |
0 |
14 |
18,36 € |
– |
14,28 € |
IG. DE SANTANDER |
1.000 |
0 |
0 |
1.020,00 € |
– |
– |
MAPFRE Familiar |
0 |
0 |
6 |
– |
– |
6,12 € |
SANITAS |
6 |
0 |
15 |
6,12 € |
– |
15,30 € |
Total |
2.013 |
739 |
127 |
2.053,26 € |
753,78 € |
129,54 € |
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