El artículo 18 del Real Decreto 704/1999, de 30 de abril ("Boletín Oficial
del Estado" de 1 de mayo) por el que se regulan los procedimientos de
selección para el ingreso en los centros universitarios de los estudiantes
que reúnan los requisitos legales necesarios para el acceso a la Universidad,
dispone: "Las Universidades reservarán para estudiantes a los que
corresponda otra Universidad, de acuerdo con lo dispuesto en el presente Real
Decreto, un número de plazas que será el que se determine siguiendo
el procedimiento que establezca el Consejo de Universidades, previo
informe favorable de las correspondientes Administraciones Públicas. En
ningún caso, podrá adjudicarse una de las plazas previstas en este artículo
a estudiantes cuya calificación sea inferior a la mínima necesaria para
obtener plaza en las mismas enseñanzas por el régimen general en la
primera adjudicación".
En consecuencia, el Consejo de Universidades, en sesión de su Comisión
Académica y de su Comisión de Coordinación y Planificación, de 18 y 19
de mayo, respectivamente, y en relación con la determinación del número
de plazas a las que se aplicará el Distrito Compartido para el curso 1999-2000,
ha acordado:
Primero.-El porcentaje de plazas a aplicar en Distrito Compartido en
el curso 1999-2000 será un 5 por 100 de las ofertadas en cada uno de
los estudios de las distintas Universidades con un límite de 10 unidades.
Segundo.-En todo caso las Universidades, previo acuerdo con la
correspondiente Administración Pública de la que dependan, podrán establecer
un porcentaje o un número de plazas superior.
Por su parte, para dar cumplimiento de lo dispuesto en la disposición
transitoria tercera del citado Real Decreto 704/1999 que establece: "En
tanto no se adopten por el Consejo de Universidades los mecanismos
necesarios de coordinación, el plazo de solicitud para el ªdistrito compartidoº
será único y se corresponde con la convocatoria de junio", se acuerda
el siguiente organigrama temporal para el curso 1999-2000.
Proceso Fecha límite
Apertura del período de preinscripción en
Distrito Compartido.
Entre el1y16dejulio.
1. Publicación de las listas de admitidos y
excluidos.
Antes del 7 de
septiembre.
2. Matriculación definitiva. 9 de septiembre.
3. Publicación de listas de reserva en cada
Universidad/Oficina de Preinscripción para plazas
vacantes.
6 al 9 de septiembre.
4. Remisión de los datos de los solicitantes y
notas de corte en soporte magnético al Consejo
de Universidades.
24 de septiembre.
5. Notificación de un informe de la convocatoria
1999-2000 al Consejo de Universidades:
Admitidos, estadísticas notables, etc.
1 de octubre.
Madrid, 24 de mayo de 1999.-El Secretario general, Vicente Ortega
Castro.
Excmos. Sres. Rectores Magníficos de las Universidades Públicas.
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