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Documento BOE-B-2022-19222

Extracto de la Resolución de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes (CSD) de 9 de junio de 2022, por la que se convocan ayudas a las Federaciones Deportivas Españolas para los años 2022, 2023 y 2024.

Publicado en:
«BOE» núm. 142, de 15 de junio de 2022, páginas 29066 a 29067 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-B-2022-19222

TEXTO

BDNS(Identif.):633413

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/633413)

Primero: Beneficiarios.

Podrán ser solicitantes y perceptoras de estas ayudas todas las federaciones deportivas españolas (FFDDEE) que cumplan los requisitos indicados en la convocatoria y presenten proyectos encuadrados en alguna de las finalidades previstas en ella.

Segundo: Objeto de la convocatoria.

El objeto de la presente convocatoria es la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones a las FFDDEE que cumplan los requisitos previstos en la misma y en las normas aplicables, en especial la Orden ECD/2681/2012, de 12 de diciembre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones y ayudas por el CSD.

Tercero: Bases Reguladoras.

La concesión de subvenciones en esta Convocatoria se regirá por la presente Resolución y por la Ley General de Subvenciones y su Reglamento. Las bases reguladoras de esta convocatoria se encuentran en la Orden ECD/2681/2012, de12 de diciembre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones y ayudas por el CSD, disponible en: https://www.boe.es/boe/dias/2012/12/15/pdfs/BOE-A-2012-15180.pdf.

Cuarto: Cuantía.

Estas ayudas tendrán carácter plurianual mediante el procedimiento de pago fraccionado de anualidades que se efectuará de modo anticipado. Los fondos se entregarán durante los ejercicios 2022, 2023 y 2024, por una cuantía total de 186.710.250,00.- €, desglosados en los siguientes conceptos presupuestarios por anualidades:

Los importes de las ayudas que se podrán conceder con cargo a la presente convocatoria son:

"A Federaciones Deportivas Españolas" por importe de 57.886.750,00.-€.

"A FFDDEE para sedes de federaciones internacionales en España y para presidentes españoles o miembros de comités ejecutivos de federaciones deportivas internacionales" por importe de 100.000,00.-€.

"A FFDDEE para gastos de funcionamiento y actividades de Centros de Alto Rendimiento y Tecnificación" por importe de 1.500.000,00.-€.

"A FFDDEE para Programa Nacional de Tecnificación deportiva y Promoción Deportiva" por importe de 2.250.000,00.-€.

"A FFDDEE para instalaciones deportivas y equipamiento" por importe de 500.000,00.-€.

Quinto. Plazo y procedimiento de solicitud.

Las solicitudes deberán presentarse en el plazo de 20 días hábiles a partir del siguiente a la publicación en el BOE del extracto de la presente Resolución.

En virtud de lo previsto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las solicitudes deberán presentarse de modo telemático a través de la Sede Electrónica del CSD, accesible en la dirección electrónica: https://sede.csd.gob.es/oficinavirtual/FichaConvocatoria.aspx?idProcedimiento=59&idRes=438.

Las solicitudes deberán estar firmadas mediante firma electrónica avanzada, acorde con lo dispuesto sobre firma electrónica en la citada Ley 39/2015.

Las ayudas deberán solicitarse mediante instancia normalizada, disponible en la Sede Electrónica del CSD, que deberá estar firmada en todo caso por el Presidente de la Federación o representante legal autorizado mediante poder notarial o disposición estatutaria de dicha federación. Esta solicitud deberá acompañarse de los documentos y anexos expresados en la Convocatoria de referencia.

Sexto. Otros datos administrativos y de procedimiento.

El órgano instructor del procedimiento es la Dirección General de Deportes, conforme a lo dispuesto en el artículo 8.4b) del Real Decreto 460/2015, de 5 de junio por el que se aprueba el Estatuto del CSD.

El pago de las subvenciones que se concedan en virtud de la presente Resolución tendrá carácter de pago anticipado y se podrá efectuar de una sola vez.

La justificación de las subvenciones por parte de los beneficiarios se realizará mediante cuentas justificativas estructuradas de conformidad con lo previsto en la base Decimocuarta, punto 3, de la Orden ECD/2681/2012, de 12 de diciembre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones y ayudas por el CSD, y con lo establecido en la Guía de Presupuestación y Justificación del CSD. La justificación se realizará por trimestres naturales, disponiendo los beneficiarios de tres meses para justificar los gastos e inversiones realizados en el trimestre anterior.

Madrid, 9 de junio de 2022.- El Presidente del Consejo Superior de Deportes, José Manuel Franco Pardo.

ANÁLISIS

Tipo:
Subvenciones (SNPS)

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