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Documento BOE-B-2021-19392

PONTEVEDRA

Publicado en:
«BOE» núm. 96, de 22 de abril de 2021, páginas 25012 a 25012 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2021-19392

TEXTO

Edicto

Doña María Luisa Sánchez Garrido, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Pontevedra, con sede en Vigo,

Hago saber: Que en la sección I declaración concurso 62/2021, con N.I.G. 36038 47 1 2020 0300981, y seguida en este juzgado, se ha dictado con fecha 12 de abril de 2021 auto acordando lo siguiente:

1.º Declarar el concurso voluntario abreviado a Openzip, S.L., con CIF B-27.741.784, cuyo centro de intereses principales lo tiene en la calle de Casiano Martínez, n.º 34, bajo, Bouzas, código postal 36.208 de Vigo (Pontevedra).

2.º Indicar que el deudor no ha solicitado la liquidación de su patrimonio.

3.º La intervención de las facultades de administración y disposición de la concursada sobre su patrimonio, mediante la autorización o conformidad de la administración concursal.

4.º La administración concursal designada está integrada por el economista D. César Enrique Martínez Gómez, con DNI núm. 35.287.952-M-, y domicilio a efectos de notificaciones en la calle Marqués de Riestra, n.º 24, 1.º derecha, código postal 36.001, de Pontevedra, teléfono 986.89.66.06 y correo electrónico 622021@gmail.com.

5.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la administración concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en los artículos 255,256 y 257 del TRLC. Dicha comunicación deberá dirigirse a la administración concursal, en su dirección electrónica, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el boletín oficial del estado, por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos y que expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes, acompañándose copias del título o de los documentos relativos al crédito.

6.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de procurador/a y asistidos de Letrado/a (artículo 512 del TRLC).

7.º De conformidad con el artículo 552 de la Ley Concursal, la dirección electrónica del registro público concursal que traigan causa del concurso es la siguiente: www.publicidadconcursal.es.

Vigo, 12 de abril de 2021.- Letrada Administración de Justicia, María Luisa Sánchez Garrido.

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