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Documento BOE-B-2021-17929

TOLEDO

Publicado en:
«BOE» núm. 89, de 14 de abril de 2021, páginas 23065 a 23065 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2021-17929

TEXTO

D. Arturo García del Castillo, Letrado de la Administración de Justicia del Jdo.de 1ª. Inst. e Instrucción n.º 1 de Toledo, por el presente, hago saber:

1º.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el número Sección primera de declaración de concurso 341/2020 y NIG nº 45168 41 1 2020 0003813, se ha dictado en fecha ocho de marzo de dos mil veintiuno auto de declaración de concurso de los deudores Dª. Margarita Leal Serrano y D. Luis Velasco Criado con documento nacional de identidad 50419760B, y 02516198H, respectivamente, con domicilio en Calle Briseida nº 15, de la localidad de Carranque(Toledo).

2º.- Se ha acordado la suspensión de las facultades de Administración y disposición.

3º.- Se ha designado, como Administración concursal a Don Emilio Gutiérrez Gracia, con domicilio postal en Calle San Clemente, nº 11-C Local 2 Talavera de la reina y dirección electrónica señalada para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos, concursolvelascoymleal@gmail.com.

4º.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en los artículos 28.1,5º y 255 y siguientes del Texto Refundido de la Ley Concursal, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.

5º.- Se pone de manifiesto que no se admitirán comunicaciones de créditos ni otros actos de comunicación con la Administración concursal a través del Juzgado.

6º.- Se ha acordado abrir la fase de liquidación del concurso, y se ha puesto de manifiesto en la Oficina Judicial el Plan de Liquidación de los bienes y derechos de los concursados, elaborado por el mediador/administrador concursal.

El deudor y los acreedores pueden, en el plazo de quince, computados desde la fecha en que ha quedado de manifiesto el plan, formular observaciones y propuestas de modificación al mismo.

Las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en el Registro Público Concursal, www.publicidadconcursal. es

Toledo, 11 de marzo de 2021.- Letrado de la Administración Judicial, Arturo García del Castillo.

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