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Documento BOE-B-2021-14466

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 72, de 25 de marzo de 2021, páginas 18557 a 18557 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2021-14466

TEXTO

Rosalia Osorio Tenorio, el Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Barcelona al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso dictado por este órgano judicial, hago saber:

Número de asunto. Concurso consecutivo 251/2021 Sección: C4.

NIG: 0801947120218000991.

Fecha del auto de declaración 18/03/2021.

Clase de concurso. Consecutivo voluntario.

Entidad Concursado. Edward José Nuñez de la Cruz, con DNI núm. 49532607Z y dirección de calle Sant Joan Bosco, núm. 4, 2.º 2.ª de Martorell 08760 Barcelona.

Administradores Concursales.

Se ha designado como Administrador Concursal: Ana María Rossell Garau, abogada. Dirección postal: calle Bisbe Sivilla 50-52, 3.º 2.ª, 08022 Barcelona.

Dirección electrónica: anarossell@icab.cat

Régimen de las facultades del concursado. Suspendidas.

Llamamiento a los acreedores. Los acreedores deben comunicar sus créditos a la Administración Concursal, a través de la dirección postal o electrónica antes señaladas, a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y posterior reconocimiento y clasificación de conformidad con el art. 255 de la Ley Concursal (LC), en el plazo de un MES a contar desde la publicación.

La lista de acreedores puede consultarse en la Oficina judicial, sita en Avenida Gran Vía de les Corts Catalanes, 111, Edifici C, planta 12 - Barcelona.

Informe del art. 290 TRLC (75) se tiene por presentado junto a la solicitud de concurso y procédase conforme lo preceptuado.

Plan de liquidación. Se da traslado a los acreedores por plazo de 10 días para formular alegaciones a la imposibilidad de presentar plan de liquidación por no existir activos realizables.

Forma de personación. Los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deben hacerlo por medio de procurador y asistidos de abogado (art. 512 LC). La personación se debe realizar en la Oficina de Tramitación Concursal a los Órganos Mercantiles.

Dirección electrónica del Registro Público concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso: https//www.publicidadconcursal.es

Barcelona, 18 de marzo de 2021.- El Letrado de la Administración de Justicia, Rosalia Osorio Tenorio.

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