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Documento BOE-B-2020-22844

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 197, de 20 de julio de 2020, páginas 30410 a 30411 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2020-22844

TEXTO

Rafael Huerta García, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº 7 de Barcelona,

Hago saber que:

Se ha dictado decreto en fecha 6 de febrero de 2020 y diligencia de ordenación de fecha 30 de junio de 2020 acordándose:

Admito la solicitud presentada por el/la Procurador/a Sonia Oria Perez en nombre y representación de CHRISTIAN QUERALT BARTRA, sobre Jurisdicción voluntària respecto de FINCAS LAYETANA, S.L., con domicilio en calle Via Laietana 11, 1º 2ª, 08003 Barcelona. Tengo al/a la referido/a Procurador/a como comparecido/a y parte en la representación que acredita.

Comuníquese la incoación del expediente al emisor de los valores Fincas Layetana.

Acuerdo el anuncio de la incoación del expediente mediante edictos, en el Boletín Oficial del Estado y en el periódico La Vanguardia de gran circulación en esta provincia.

Acuerdo la celebración de la oportuna comparecencia y señalo, al efecto, el día 23 de septiembre de 2020 a las 10:30 horas en la Sala multiús 12G Planta 12 (Ef - C) de este Órgano judicial.

A la comparecencia, se citará a CHRISTIAN QUERALT BARTRA Y FINCAS para lo que se expedirán las cédulas de citación y despachos que fueren necesarios.

En las cédulas, se advertirá:

1ª) A la parte solicitante:

- si no asiste a la comparecencia, se le tendrá por desistido de la demanda y seacordará el archivo de la solicitud (art. 18.2.1ª LJV).

2ª) A las demás personas citadas:

- si alguna no asiste, la comparecencia se celebrará y continuará el expediente sin más citaciones ni notificaciones que las que la ley disponga (art. 18.2.1ª LJV).

- si alguna va a formular oposición, debe hacerlo en los 5 días siguientes a su citación pero ello no hará que el expediente se torne contencioso ni impedirá que continúe su tramitación hasta que sea resuelto, salvo que la ley expresamente lo prevea y así se le indique en la cédula de citación (art.17 último párrafo LJV).

3ª) A todas las personas citadas:

- deben asistir a la comparecencia con los medios de prueba de que intenten valerse (art. 16.3 LJV).

La resolución que se notifica está a disposición de la persona interesada en este Órgano judicial.

Este edicto cumple los criterios de protección de datos de carácter personal en el ámbito de la Administración de Justicia establecidos en los arts. 236 bis y siguientes de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) y la Instrucción 6/2012 de la Secretaría General de la Administración de Justicia, relativa a la publicación de edictos en diarios y boletines oficiales y la protección de datos.

Barcelona, 30 de junio de 2020.- Letrado de la Administracion de Justicia, Rafael Huerta García.

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