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Documento BOE-B-2020-19663

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 181, de 1 de julio de 2020, páginas 26396 a 26396 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2020-19663

TEXTO

Don José Vela Pérez, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Barcelona, al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso dictado por este órgano judicial,

Hago saber:

Número de asunto: Concurso consecutivo 2785/2019. Sección: C5.

NIG: 0801947120198031551.

Fecha del auto de declaración: 2 de marzo de 2020.

Clase de concurso: Consecutivo.

Concursada: Doña Estela Cocera Esteban, con DNI núm. 44007200N.

Administradores concursales: Se ha designado como administrador concursal: Don Carlos Conesa Navarro. Dirección postal: Calle Bruc, 5, 1-2; 08010 - Barcelona. Dirección electrónica: carlosconesa@icab.cat

Régimen de las facultades del concursado: Suspendidas.

Llamamiento a los acreedores: Los acreedores deben comunicar sus créditos a la administración concursal, a través de la dirección postal o electrónica antes señaladas,a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y posterior reconocimiento y clasificación de conformidad con el art. 85 de la Ley Concursal (LC), en el plazo de un mes a contar desde la publicación.

La lista de acreedores puede consultarse en la Oficina judicial, sita en Avenida Gran Via de les Corts Catalanes, 111, Edifici C, planta 12 - Barcelona.

Forma de personación: Los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deben hacerlo por medio de procurador y asistidos de abogado (art. 184.3 LC). La personación se debe realizar en esta Oficina judicial.

Informe art. 75 LC. Se tiene por presentado por parte del mediador concursal el Informe del art. 75 LC, al que se da la publicidad prevista en el art. 95 LC. De conformidad con el art. 96.1 LC, las partes personadas pueden impugnar el inventario y la lista de acreedores en el plazo de diez días desde la notificación de la presente resolución, a cuyo fin podrán obtener copias a su costa. Para las demás personas interesadas el plazo de diez días se computará desde la última publicación de las previstas en el art 95 LC.

Plan de liquidación: Presentadas por la AC alegaciones sobre la imposibilidad de presentar Plan de Liquidación, se da traslado a los acreedores por el plazo de 10 días para formular alegaciones sin que sea preciso la apertura de la sección 5.ª.

Dirección electrónica del Registro Público concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso: https://www.publicidadconcursal.es

Barcelona, 3 de junio de 2020.- El Letrado de la Administración de Justicia, José Vela Pérez.

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