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Documento BOE-B-2020-14742

ALICANTE

Publicado en:
«BOE» núm. 157, de 4 de junio de 2020, páginas 20195 a 20195 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2020-14742

TEXTO

EDICTO

Don Jorge Cuéllar Otón, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº 3 de Alicante con sede en Elche, por el presente,

Hago saber:

Que por auto de fecha 11 de mayo de 2020 en el procedimiento con número de autos 000396/2020 y N.I.G. 03065-66-1-2020-0000148, se ha declarado en Concurso abreviado [CNA] voluntario consecutivo al concursado JESÚS BALLESTER AYUSO, con domicilio en calle Salitre nº 8, 4º de Callosa de Segura (Alicante) y NIF nº 45566443Q, representado por el Procurador don Constantino Manuel Gutiérrez Sarmiento.

Facultades del concursado: suspendido.

Administrador Concursal: Que ha sido nombrado don Jerónimo Sarmiento Morato, colegiado del Ilustre Colegio de Abogados de Orihuela, con domicilio postal para notificaciones en avenida del Carmen nº 32, 1º G, COX (Alicante); dirección de correo electrónica para notificaciones y comunicaciones de crédito: jeronimosarmientoabogado@gmail.com; y domicilio postal para que los acreedores efectúen la comunicación de créditos de conformidad con el Artículo 85 de la Ley Concursal en paseo de Alzabares nº 3, 4º puerta 1 de ELCHE.

Llamamiento a los acreedores: Los acreedores de la entidad concursada deberán poner en conocimiento del Administrador concursal en las direcciones indicadas la existencia de sus créditos en el plazo de UN MES, a contar desde la fecha de publicación del presente B.O.E.

Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador.

Examen de autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Oficina Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de Abogado o Procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personación.

Apertura de liquidación: Solicitada la liquidación por el concursado, se procede a la apertura de la misma con todos los efectos que previene el art. 145 de la Ley Concursal, con disolución de la mercantil.

Se expide el presente edicto al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso conforme al artículo 23 LC.

Elche, 1 de junio de 2020.- Letrado de la Administración de Justicia, Jorge Cuéllar Otón.

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