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Documento BOE-B-2019-12077

CLUB DEPORTIVO DE CAZA LA PIEDAD

Publicado en:
«BOE» núm. 68, de 20 de marzo de 2019, páginas 15150 a 15150 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - C. Anuncios particulares
Departamento:
Anuncios particulares
Referencia:
BOE-B-2019-12077

TEXTO

A tenor de lo establecido en el artículo 21.4 de la Ley 4/1996, de 12 de julio, de caza de Castilla y León, y artículo 18 del Decreto 83/1998 de 30 de abril, de la Junta Castilla y León, por el que se desarrolla reglamentariamente el título IV "De los terrenos" de la Ley anterior y el artículo 44 de la Ley 39/2015, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, se hace saber a aquellos propietarios de las parcelas incluidas en las localidades de Santa María de Ananuñez y Tagarrosa (municipio de Melgar de Fernamental), cuya notificación ha resultado infructuosa o se desconoce su domicilio, que disponen de un plazo de diez dias para presentar las alegaciones que estimen oportunas en caso de oponerse a la inclusión de las mismas en el coto referenciado. De no oponerse expresamente por escrito en el plazo señalado, se considerará que prestan su conformidad a la inclusión de las fincas de su propiedad a efectos de aprovechamiento cinegético en el coto de caza de Santa María de Ananúñez y Tagarrosa, por un periodo de diez años, finalizando la cesión el 31 de marzo de 2029.

Melgar de Fernamental (Burgos), 11 de marzo de 2019.- El Presidente del Club Deportivo de Caza La Piedad, Amando Fernández Manzanal.

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