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Documento BOE-B-2019-12051

Anuncio de la Autoridad Portuaria de Valencia sobre otorgamiento de concesión administrativa de ocupación de dominio público portuario.

Publicado en:
«BOE» núm. 68, de 20 de marzo de 2019, páginas 15120 a 15120 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-B-2019-12051

TEXTO

El Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Valencia, en la sesión celebrada el 20 de diciembre de 2018, a propuesta de la Dirección, acordó otorgar una concesión administrativa para la ocupación de bienes de dominio público portuario a favor de BOLUDA CORPORACIÓN MARÍTIMA, S.L. (BCM), con N.I.F. B-83894444, en la Zona Poniente del Puerto de Valencia.

Superficie: 4.700 m².

Plazo: Treinta y cinco (35) años.

Objeto: la ocupación de una parcela de 4.700 m² y la edificación existente en la misma, así como la construcción de una nueva edificación y una zona de aparcamiento todo ello con destino a oficinas para el desarrollo de su actividad y cesión parcial de la concesión a empresas del grupo empresarial de BOLUDA CORPORACIÓN MARÍTIMA, S.L.

Tasa de Ocupación de terrenos:

a) En su componente derivada de la ocupación de terrenos:

Cuota íntegra unitaria Ocupación de terreno = 6,68005 €/m² y año.

b) En su componente derivada de la ocupación de infraestructuras e instalaciones (Edificio oficinas):

Cuota íntegra Tasa ocupación Edificio = 82.620,20 €/año.

Tasa de Actividad:

a) Por la prestación de servicios de gestión de la titular de la concesión Boluda Corporación Marítima a sus empresas del grupo empresarial:

Base Imponible: Volumen de facturación de Boluda Corporación Marítima a sus filiales en concepto de honorarios de gestión.

Tipo de Gravamen: 1%

b) Por la actividad de cesión de sus espacios a empresas filiales o participadas:

Base Imponible: Volumen de facturación de Boluda Corporación Marítima por la cesión de sus espacios.

Tipo de Gravamen: 1%

Lo que se publica para general conocimiento, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 85.7 del Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre.

Valencia, 7 de marzo de 2019.- El Presidente, Aurelio Martínez Estévez.

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