Está Vd. en

Documento BOE-B-2019-10632

Resolución de la Dirección General de Aviación Civil de fecha 18 de febrero de 2019 por la que se autoriza la publicación de la Información Pública del Expediente de Expropiación Forzosa con número 111-Aena/18 "AEROPUERTO DE GRANADA-JAÉN. EXPROPIACIÓN DE TERRENOS NECESARIOS PARA LA AMPLIACIÓN DE FRANJA NORTE. CABECERA 09" en el término municipal de Chauchina (Granada).

Publicado en:
«BOE» núm. 61, de 12 de marzo de 2019, páginas 13269 a 13270 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-B-2019-10632

TEXTO

Aena S.M.E., S.A., beneficiaria de la expropiación, insta la incoación del correspondiente expediente de expropiación forzosa para disponer de los terrenos necesarios para la ejecución de las obras de Proyecto Básico "Aeropuerto de Granada-Jaén. Expropiación de terrenos necesarios para la ampliación de franja norte. Cabecera 09", en el término municipal de Chauchina (Granada).

El Aeropuerto Federico García Lorca Granada-Jaén, de interés general del Estado, es un aeropuerto civil internacional con categoría OACI (Organización de Aviación Civil Internacional) "4-D" y esta clasificado como aeródromo de letra de clave "A" por el Decreto 2647/1973, de 11 de octubre, por el que se establecen las nuevas servidumbres aeronáuticas de dicho aeropuerto. Por Orden FOM/2220/2010 de 30 de junio de 2010 se aprobó el vigente Plan Director del Aeropuerto de Federico García Lorca Granada-Jaén.

Los trabajos de certificación seguidos en el citado aeropuerto han detectado un incumplimiento del Reglamento Europeo 139/2014, en lo referente al apartado CS ADR-DSN.B.160 respecto a los límites de la franja de pista, lo que implica la necesidad de proporcionar una franja de pista despejada de obstáculos de 150 metros de ancho, debiéndose extender hasta 60 metros más allá del umbral de pista según CS-ADR-DSN.B.155, por lo que existe una zona que no cumple con este requerimiento en la zona de la cabecera 09.

La adecuación de dicha zona conlleva entre otros trabajos el traslado de acequias y viales, la nivelación del terreno, nuevo vallado del límite aeroportuario y reposición de otros servicios.

En consecuencia, y con el fin de formalizar la ocupación de los terrenos necesarios para la ejecución de las actuaciones anteriormente descritas, se solicita la incoación del oportuno expediente de expropiación forzosa, que llevará por título "Aeropuerto de Granada-Jaén. Expropiación de terrenos necesarios para la ampliación de franja norte. Cabecera 09", en el término municipal de Chauchina (Granada) y el correspondiente Acuerdo en Consenjo de Ministros, que permita la Urgente Ocupación de los bienes y derechos afectados, conforme se establece en el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de Diciembre de 1954, y concordantes de su Reglamento.

Para la ejecución de las referidas actuaciones, es preciso expropiar una zona incluida dentro del ámbito de su vigente Plan Director, siendo necesario una declaración explícita de Urgente Ocupación, mediante Acuerdo del Consejo de Ministros.

La superficie de terreno afectada por este expediente de expropiación es de 6.486 m2, una única finca de titularidad pública municipal, con un aprovechamiento actual de suelo de labor regadío, situada en el término municipal de Chauchina (Granada).

Asimismo y como consecuencia de la aprobación de dicho Plan Director, y a fin de dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 6 del Real Decreto 2591/1998 de 4 de diciembre osbre ordenación de los Aeropuertos de Interés General y su Zona de Servicio, que lleva implícita la aprobación de la Declaración de Utilidad Pública a efectos expropiatorios, resultando por tanto de aplicación los contenidos del artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954 y artículos concordantes de su Reglamento de 26 de abril de 1957.

En su virtud, y a los efectos señalados en el Título II del Capítulo II, de la vigente Ley de Expropiación Forzosa y en los concordantes del Reglamento, este Ministerio ha resuelto:

En el día de la fecha, abrir Información Pública durante un plazo de QUINCE (15) días hábiles computados en la forma dispuesta en el artículo 17, párrafo primero, del Reglamento de 26 de abril de 1957, para que los propietarios que figuran en la relación que a continuación se detalla y todas las demás personas o entidades que se estimen afectadas por la ejecución de las obras, puedan formular por escrito, ante este Departamento, las alegaciones que consideren oportunas, de acuerdo con lo previsto en la vigente Ley de Expropiación Forzosa de 16 de Diciembre de 1954 y en el artículo 56 del Reglamento para su aplicación.

En el Ayuntamiento de Chauchina (Granada), estarán a disposición de los propietarios afectados el Anejo de Expropiaciones, que incluye los planos de situación u generales de expropiación, relativos al municipio referenciado.

FINCAS AFECTADAS

MUNICIPIO FINCA Nº TITULAR DOMICILIO DESCRIPCION COORDENADAS UTM (X-Y) SUPERFICIE AFECTADA M2
CHAUCHINA 001-00

AYUNTAMIENTO DE CHAUCHINA

PZ DE LA CONSTITUCION, 12 18330 CHAUCHINA (GRANADA)

Terreno actualmente en uso agrícola.

CEREAL REGADIO

429.325.25 - 4.116.253,57

429.505,29 - 4.116.253,58

429.486,88 - 4.116.181,54

6.486

Madrid, 18 de febrero de 2019.- El Director General de Aviación Civil FOM/1644/2012, de 23 de julio B.O.E. 25/07/12, Fdo. Raúl Medina Caballero.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid