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Documento BOE-B-2018-56524

Resolución de 21 de noviembre de 2018 de la Dirección General de los Registros y del Notariado, por la que se fija el día 5 de diciembre de 2018 a partir del cual comenzará a correr el plazo de un año para la reconstrucción del folio desaparecido del Registro de la Propiedad de Sigüenza.

Publicado en:
«BOE» núm. 286, de 27 de noviembre de 2018, páginas 71940 a 71940 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Justicia
Referencia:
BOE-B-2018-56524

TEXTO

Vista la comunicación de 6 de noviembre de 2018, de la Registradora de la Propiedad de Sigüenza, doña María Teresa de Torres Echevarría, en la que pone en conocimiento de esta Dirección General la desaparición del folio 146, del libro 16, del tomo 910, perteneciente a la finca registral 2.326 del término municipal de Cendejas de Enmedio y Padrastro-Guadalajara.

Teniendo en cuenta que ha sido remitida acta de la visita de inspección practicada al efecto el 8 de noviembre de 2018, en el indicado Registro de la Propiedad, por el Juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción de Sigüenza, asistido de letrada de la Administración de Justicia.

Esta Dirección General, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 2º de la Ley de 5 de julio de 1938, acuerda lo siguiente:

Primero. Fijar el día 5 de diciembre 2018, a partir del cual comenzará a correr el plazo de un año para la reconstrucción de los folios desaparecidos del Registro de la Propiedad de Sigüenza.

Segundo. Que se dé cumplimiento a lo establecido en la Ley de 5 de julio de 1938.

Tercero. Que se notifique a los titulares de los derechos inscritos en el folio desaparecido para que aporten los documentos pertinentes conforme a la Ley.

Cuarto. Que se haga constar, mediante nota marginal, los títulos que paulatinamente vayan siendo aportados.

Quinto. Asimismo, deberá informar a esta Dirección General periódicamente de lo que en atención a lo requerido se vaya realizando.

Lo que digo a Vd. para su conocimiento y a fin de que se expida el correspondiente edicto para los Ayuntamientos de su Distrito Hipotecario, conforme a lo dispuesto por el citado art. 2.º de la Ley de 5 de julio de 1938.

Madrid, 21 de noviembre de 2018.- Director General, Pedro José Garrido Chamorro.

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